Corte Suprema ratifica condena para miembros vinculados al Tren de Aragua
EN PUERTO MONTT. Se trata del grupo que fue sindicado como autores del delito de trata de personas con fines de explotación sexual.
La Corte Suprema confirmó el fallo del Tribunal Oral en lo Penal de Puerto Montt, que resolvió condenar -en total- a 99 años de prisión a cuatro sujetos como autores del delito de trata de personas con fines de explotación sexual, lo que en ese momento fue considerado como un hito en la lucha contra la trata de personas en Chile.
En el proceso, se expuso que los acusados se habrían identificado como miembros del Tren de Aragua, para intimidar a sus víctimas. Se logró establecer que había 40 afectadas, pero sólo 12 de ellas denunciaron y declararon.
El fiscal del Ministerio Público, Marcelo Maldonado, quien encabezó esta investigación, destacó que el máximo tribunal del país haya ratificado la sentencia, así como "el trabajo que (desde 2021) realizó la Fiscalía como la Policía de Investigaciones, a través de la Brigada de Antinarcóticos de Puerto Montt, la Brigada de Trata de Personas de Santiago y la de Lavado de Activos de la Región Metropolitana".
Recordó que al denominado líder del grupo se le asignó una pena de presidio perpetuo "junto a otras dos penas que también debe cumplir de manera efectiva".
Al padre de este individuo se le condenó a 20 años; y a 16 y 17 años de presidio para los otros dos implicados, "que deberán cumplir junto a otras sanciones respecto de hechos adicionales que se le vincula, como la asociación ilícita y principalmente el delito de lavado de activos".
Maldonado resaltó la importacia de esta calificación jurídica y la condena por el delito de lavado de activos. "Es la primera condena de este tipo que se impone asociada a un delito de trata de personas con fines de explotación sexual. Marca un hito, una forma de proceder en este tipo de investigaciones, que es atacar el flujo del dinero, hacia dónde va, quiénes encubren, quiénes hacen de personas que envuelven y que ayudan a ingresar dineros ilícitos al sistema financiero".
Prueba anticipada
El abogado persecutor destacó que este fallo "también trae justicia y dignidad para las víctimas, dos de ellas niñas a la época de los hechos, quienes pudieron presentar sus testimonios ante el Tribunal Oral en lo Penal de Puerto Montt".
Agregó que durante el procedimiento "cinco de ellas declararon a través de un mecanismo de prueba anticipada" y que además "se fueron dando algunas instancias, en las que se introdujo nuevos mecanismos legales para proteger adecuadamente a quienes son víctimas de este tipo de delito".
Así fue como se incluyó la declaración por escrito de seis víctimas "que en la etapa procesal de investigación desertaron del proceso. Se retractaron de querer participar y finalmente su testimonio fue incorporado por escrito".
El fiscal expuso que la Corte Suprema expresó "que independientemente de la forma que se hayan introducido los testimonios, había un número importante y suficiente de medios de prueba para considerar la existencia del delito y la participación de los imputados de los mismos".
Tren de aragua
Al repasar el caso, Maldonado hizo mención a que la investigación surgió en septiembre de 2021, cuando "una persona que frecuentaba el comercio sexual en Puerto Montt advierte que entre las que él frecuentaba había algunas que presentaban características propias de la trata de personas con fines de explotación sexual", lo que decidió denunciar a la PDI.
De esa forma comenzaron las indagatorias, que culminaron con la identificación de 12 víctimas, dos menores de edad, "quienes habían sido obligadas a ejercer el comercio sexual en condiciones que eran bastante paupérrimas. No tenían número definido de clientes, podían incluso atender a 15 en un día; no tenían horarios de descanso, dormían y vivían en el mismo lugar en el que ejercían su actividad sexual".
Además, "algunas fueron objeto de amenazas y se les señalaba que los imputados eran parte de la organización del Tren de Aragua. Desde ese punto de vista les señalaban que se iba a restringir cualquier tipo de desplazamiento al extranjero por parte de ellas, en caso de querer salir del país".
Explicó que ello condicionaba sus libertades "y su dignidad por sobre todo. Incluso cuando se encontraban enfermas o bajo otras condiciones, las obligaban a seguir ejerciendo el comercio sexual".
Maldonado reconoció que como Fiscalía "nos encontramos muy satisfechos con el trabajo realizado, con este reconocimiento a la labor, por una parte la investigación jurídica; por otra, en cuanto a la dirección de la investigación asociada a las diligencias que finalmente fueron determinadas como suficientes para poder establecer que estábamos frente a los hechos ilícitos".
99 años de presidio acumulan las sentencias contra los 4 imputados por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual.