Justicia repone instructivo sobre permisos para las parcelaciones
LOTEOS. Corte de Apelaciones de Santiago falló en favor del Ministerio de Agricultura para restringir solicitudes.
El ministro de Agricultura, Esteban Valenzuela, reafirmó que las subdivisiones agrícolas "no pueden ser loteos disfrazados de parcelaciones rurales", al conocer el reciente fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, que dejó sin efecto una resolución del 7° Juzgado Civil de Santiago, que había acogido un reclamo de Chile Rural, para impugnar la circular del Gobierno que instruía suspender loteos con fines habitacionales (parcelaciones), que se lleven a efecto en predios agrícolas.
De esta forma, vuelve a estar vigente el decreto que el Ministerio de Agricultura (Minagri) envió en julio del año pasado al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), para suspender la tramitación de toda solicitud de certificación de proyectos de subdivisión de predios rústicos en aquellos casos en que se advierta que el proyecto como tal pudiera involucrar un eventual cambio de destino de los lotes resultantes a no permitidos por la normativa.
Ello, según se expuso en la oportunidad, con el propósito de preservar el suelo rural para fines agrícolas y evitar los efectos de un desarrollo inmobiliario al margen de la planificación territorial.
Por eso es que el titular del Minagri celebró la decisión de tribunal de alzada capitalino. "Nos da la razón que la subdivisión agrícola no pueden ser loteos disfrazados de parcelaciones rurales. Ha quedado ahora, definitivamente, fuera de combate la precautoria que una asociación de supuestas inmobiliarias, producto de la votación de la Corte de Apelaciones de Santiago, que deja sin efecto la precautoria que quiso eliminar el instructivo del SAG y que le ordena que siga vigente".
A nivel regional
Mientras que la secretaria regional ministerial (seremi) de Agricultura, Tania Salas, confirmó que de esta forma se ratifica la legalidad de la circular 475 del SAG "en cuanto a la necesidad de solicitar mayor información y pronunciamientos de otras instituciones cuando en la revisión de ciertas solicitudes de subdivisión, ya sea por sus características, los antecedentes que la acompañan o por lo aportado por terceros, a través de una denuncia, podrían constituir una vulneración de la normativa vigente. Lo que podría significar, por ejemplo, contravenir el ordenamiento territorial, indicios evidentes de urbanización en zonas rurales, vulneración de la ley de bosque nativo, afectar el acceso a cuerpos de agua, a lugares patrimoniales, zonas silvestres protegidas o la Ley Indígena".
La seremi Salas precisó que para esos casos, el SAG posee la facultad de requerir informes a