Dictaminan 13 años de cárcel para mujer por el delito de parricidio
EN PIEDRA AZUL. La defensa estudia el fallo. "Acá hay una legítima defensa incompleta, por cuanto a la imputada le vuelan un diente de un golpe por parte de su pareja", indica.
Trece años de presidio efectivo es la pena dictaminada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt, contra una mujer acusada por el delito de parricidio, tras un hecho ocurrido el 7 de agosto de 2020 en el sector de Piedra Azul, en la Carretera Austral.
Valeska Andrea Chamia Guerrero deberá cumplir la pena íntegra, de acuerdo al fallo, entregado por la sala del Tribunal Oral en lo Penal compuesto por la magistrada Patricia Miranda, el juez Jorge Díaz y el juez suplente Leandro Bahamonde.
Los hechos ocurrieron en el domicilio que la acusada compartía con Juan Víctor Villarroel Gutiérrez. La mujer, con un elemento cortopunzante, atacó a Juan Villarroel provocándole diversas heridas en el cuello ocasionándole la muerte en el lugar.
De acuerdo a la fiscal que tuvo a cargo la causa, Pamela Salgado, "en esa oportunidad la imputada agredió en forma reiterada a la víctima ocasionándole múltiples lesiones cortopunzantes y además contundentes que le provocaron su fallecimiento en el lugar".
La fiscal Salgado explicó que durante el desarrollo del juicio oral, la tesis de la defensa que se planteó "fue que doña Valeska Chamia había obrado en legítima defensa, sin embargo, esa tesis fue descartada así como también una posible patología mental, gracias al testimonio de los médicos siquiatras que evaluaron a la imputada del Servicio Médico Legal de Puerto Montt y Temuco".
Según la persecutora penal y lo señalado por el Tribunal de Juicio Oral, la acusada deberá cumplir en forma efectiva la pena de 13 años de privación de libertad.
Prueba
Para el abogado Ignacio Herrera, defensor de la acusada, hubo pruebas que no se consideraron y por ello está analizando el fallo sin descartar la posibilidad de recurrir de nulidad, ello porque de acuerdo al penalista, se habría tratado de una legítima defensa incompleta.
Según Herrera, se consideró una prueba que indica que la víctima habría lanzado un golpe, mientras estaba malherido contra la imputada, quien perdió una pieza dental.
"El doctor (Germán) Quape del Servicio Médico Legal señala que la víctima no estaba en condiciones de defenderse, más aún no estaba en condiciones de lanzar un golpe de tal magnitud de sacar un diente. El Tribunal de Juicio Oral (de Puerto Montt) lamentablemente está siguiendo una tendencia de mala resolución, en el cual discrecionalmente elige a qué prueba hacerle caso y a cuál no, siendo que la ley dice que el tribunal se debe hacer cargo de toda la prueba", sostiene.
Para el defensor, "acá hay una legítima defensa incompleta, por cuanto a la imputada le vuela un diente de un golpe por parte de su pareja y ella reacciona tomando un cuchillo y describe que pensó que estaba tomando un lápiz y lo apuñala dos veces en el cuello, pensando que era un lápiz".
Señala que "ella toma consciencia de lo que pasó y se lamenta y le pide a Juanito que despierte. Nunca tuvo la intención de matarlo, acá fue una reacción inminente de parte de su pareja; por ello es absolutamente irracional que el Tribunal Oral quiera circunscribir el ataque de la víctima a la imputada a un hecho que pasa cuando ya está apuñalado".
Revela Herrera que "la reconstitución de escena señala que la víctima se pone las manos en el cuello y que después golpea a la imputada en la cara, pero ella no tenía sangre en el rostro. Si le dan un golpe de puño con una mano absolutamente ensangrentada como las tenía la víctima, tendría la cara llena de sangre la imputada", asegura.
24 de enero otra mujer fue condenada a 16 años de cárcel por asesinar a su pareja.
20 años era la pena que estaba solicitando el Ministerio Público por el delito de parricidio.
13 años tenía el principal testigo a la fecha de ocurrido el delito. El niño observó todo lo ocurrido.