Suprema ordena al Servicio de Salud pagar $240 millones por negligencia en un parto
RESOLUCIÓN. El máximo tribunal del país condenó al ente estatal por negligente atención de una mujer embarazada, cuyo hijo quedó con "secuelas permanentes, invalidantes e irreversibles". Desde el servicio indicaron que "acatarán el fallo".
La Corte Suprema condenó al Servicio de Salud del Reloncaví a pagar una indemnización total de 240 millones de pesos, por la negligente atención de un parto de alto riesgo realizada en el Hospital Regional de Puerto Montt.
En la sentencia, que confirmó un fallo de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt de marzo de 2021, la tercera sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Sergio Muñoz, Ángela Vivanco, Adelita Ravanales, Mario Carroza y Juan Manuel Muñoz- estableció la falta de servicio en la atención brindada a una paciente que presentaba múltiples factores de riesgo en su séptimo embarazo.
Los hechos
La sentencia, de 94 páginas, y la cual tuvo acceso este medio, indica que los "demandantes J.G.M. y G.V.R., ambos por sí y en representación de su hijo P.G., dedujeron demanda en contra del Servicio de Salud de Reloncaví con el objeto de que se le resarzan los daños que han sufrido como consecuencia de la deficiente atención que recibió la señora G.V.R. durante su embarazo, el que era de alto riesgo obstétrico y que, producto de una rotura de membrana y desprendimiento de placenta, derivaron en que el niño sufriera una asfixia severa, quedando con secuelas permanentes, invalidantes e irreversibles", detalla la sentencia de la Suprema.
Los hechos se remontan a enero de 2014, cuando G.V.R. concurre al Hospital de Puerto Montt sin saber que estaba embarazada. Ahí un ginecólogo estimó que tenía aproximadamente tres meses de gestación y que era un embarazo de riesgo. Así comenzaron los controles de rutina.
En octubre, cuando G.V.R. asistió al octavo control "presentando la siguiente sintomatología: vientre aumentado de tamaño, con dificultades para comer y respirar, su estómago tenso y duro, advirtiendo que su hijo no se movía", indica el escrito. En dicha ocasión, el médico de turno que la atendió le dijo que su niño "venía mal", siendo derivada para los exámenes correspondientes.
En la ecografía realizada a la madre se "observa atresia esofágica, esto es, una malformación del intestino (falta de continuidad del esófago). Sin embargo, en el control que le realiza el médico no se toma ninguna medida urgente y adecuada en relación a los diagnósticos y se le indica la fecha de cesárea programada para el día 15 de octubre de 2014, esto es, nueve días después", detalla el fallo.
Finalmente, "el día 9 de octubre de 2014, alrededor de las 02:15 horas, mientras la paciente estaba en su casa, rompió en forma abrupta la bolsa, sin ver a su hijo y sin sentirlo tampoco, por lo que fue trasladada en ambulancia hasta el hospital, siendo ingresada a Urgencia", especifica el escrito.
En el Hospital de Puerto Montt, el médico de turno le indicó que su hijo "venía mal". Horas después, el marido de G.V.R. le indica que el niño estaba "luchando por sobrevivir"; mientras que la matrona le informa que el bebé había sufrido "una asfixia producto del desprendimiento de la placenta, por el exceso de líquido amniótico".
En el fallo, se explica que en la actualidad el niño -como consecuencia del sufrimiento y asfixia fetal graves que tuvo-, quedó con secuelas totalmente invalidantes y que son irrecuperables, y que además debió permanecer hospitalizado en el Hospital de Puerto Montt los dos primeros años de vida y que, actualmente, se encuentra con hospitalización domiciliaria.
"cascabel al gato"
Desde el Consejo de Usuarios de la Salud Urbana de Puerto Montt, su presidenta Jimena Cofré, explicó que "hace rato que estamos denunciando distintos casos de negligencia en el Hospital de Puerto Montt y si salió un fallo favorable para el usuario de esa índole, me parece muy bien. Creo que las organizaciones a las que nosotros representamos, la Unión Comunal de los Consejos de Desarrollo de la Salud hemos puesto en alerta al Servicio de Salud Reloncaví de todos los casos que nos llegan por distintos lados y todos los días hay un caso distinto", precisó la dirigente.
Asimismo, Cofré añadió que si la Corte Suprema determinó que el Servicio de Salud del Reloncaví debe pagar dicha indemnización "por un caso tan especial como lo es el de la maternidad, está muy bien porque es hora que se le ponga el 'cascabel al gato' en la salud, ya que está al debe en nuestro país, pero acá en Puerto Montt ya ha pasado todos los límites", sentenció.
A su vez, la presidenta del Consejo de Usuarios de la Salud Urbana de Puerto Montt remarcó que está bien que la Corte les golpee la mesa, que le "haga un chicoteo de caracoles, porque la salud en Chile necesita eso. Se necesita que los tribunales sobre todo, cuando vea este tipo de casos y la gente haga sus denuncias, escuchen a los usuarios de salud y no solamente nos deriven al Consejo de Defensa del Estado, que normalmente trata de negociar, callar y silenciar con dinero todo lo mal que ha estado la salud y las negligencias que han existido y que quizás van a seguir existiendo al interior del hospital".