Lo que dijo la Corte

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Al acoger el reclamo de ilegalidad de la Fundación Invica, la Corte de Apelaciones de Puerto Montt definió el actuar ilegal del municipio al dictar esa resolución no sólo sobre humedales urbanos declarados, sino que para los que han sido catastrados o que están en tramitación. En el fallo precisa que el municipio se excede en su ámbito de actuación conferido por la Ley 21.202, para fijar criterios sobre humedales urbanos que hayan sido declarados con esta categoría por el Ministerio del Medio Ambiente.