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su dirección en los establecimientos de salud".

Sostiene el penalista que en la legislación "hubo bastante mano blanda y creo que se debió haber diferenciado entre no hacer la denuncia dentro de un plazo mayor al legal y en definitiva no hacerla nunca y no puede ser que un director del hospital encubra una situación de negligencia médica y tenga una sanción que va de una Unidad Tributaria Mensual a cuatro. Me parece que es absurda la ley".

Negligencias

Para el penalista Nofal Abud, el artículo 175, del Código de Procedimiento Penal, no es tan amplio como se piensa, "porque los funcionarios de la salud están obligados a denunciar cuando notaren en un cadáver y vean signos de envenenamiento o de algún otro tipo de delitos, léase lesiones que puedan ser obra de terceras personas, pero no necesariamente en caso de eventuales negligencias del propio recinto asistencial".

Revela Abud, que sin embargo, cuando ocurren este tipo de situaciones en una clínica o recinto asistencial, tiene que ser objeto de evaluación por parte el director de ese establecimiento y eventualmente si estimare que hubiese una situación de ese tipo hacer la denuncia, pero fuera de lo que es la obligación legal del artículo 175, quedando a salvo que cualquier persona pueda denunciar una posible negligencia.

Para el ex intendente regional, "los casos por negligencia, en general, no parten por la autodenuncia de los servicios de salud, porque no es la regla y la norma nos los obliga".

Certificado

Lisette Santíbañez, mamá de Josefina Silva, dijo que tras el fallecimiento de su hija le entregaron un certificado en la clínica. Especificó que era un documento de defunción, "con una enfermedad y un diagnóstico que desconocía".

Producto de todo lo ocurrido Lisette se sigue preguntando: "entonces qué se hizo mal para haber provocado el paro y que mi hija falleciera. Es lo que nos seguimos preguntando con mucho dolor".

Cuenta que el certificado entregado en la clínica revela la causa y el origen y se refiere a una hipertensión pulmonar y shock cardiogénico.

"Me hice asesorar por el abogado Nain Lamas y el llevará el caso. Le entregue lo poco y nada de los antecedentes de ese día", detalló.

Resaltó que desde la clínica no la han llamado. "Lo único que obtuve de ellos es que me dijeron (cuando falleció Josefina) que si gustaba la pasara a ver (...). Mi hija, que estaba en una tabla de un pabellón, se encontraba fría".

Desde la Clínica Andes Salud, no han entregado mayores detalles, sólo que hay una investigación interna.

9 de mayo se registró el deceso de Josefina en el pabellón de la Clínica Andes Salud donde se realizaba el procedimiento dental.

2012 es el año que Josefina ingresó a la Escuela Especial Andrés Bello donde este año se licenciaba de la educación básica.

175 es el artículo del Código Procesal Penal que se refiere a la obligación a denunciar en la Fiscalía o entidades policiales.