Los fiscales ponen en duda aplicación del "Criterio Valencia" en las regiones
DETENCIÓN DE EXTRANJEROS. Piden evaluar suspender la vigencia de la instrucción. Para la defensora regional, lo dispuesto por el Ministerio Público "no es vinculante, porque es un disposición interna".
Una serie de aspectos dieron a conocer los fiscales agrupados en su asociación nacional, quienes ponen en duda el llamado "Criterio Valencia", e incluso piden "evaluar suspender la vigencia de la instrucción"; ello, ante los problemas que provocaría en las regiones.
En un documento firmado por el presidente de la Asociación Nacional de Fiscales, Francisco Bravo y remitido al fiscal nacional, Ángel Valencia, se dan a conocer una serie de aspectos que complejizarían la nueva disposición, que en la Región de Los Lagos comenzó su aplicación el martes 11 de abril.
De acuerdo con este nuevo procedimiento del Ministerio Público, si la persona detenida es extranjera, sin documentos, y no figura en el sistema, la Fiscalía solicitará la prisión preventiva hasta que se logre establecer su identidad.
El documento de la Asociación Nacional de Fiscales fue consensuado en una reunión sostenida por el consejo y directorio.
El Llanquihue intentó conocer la versión del dirigente nacional, y fiscal de Sacfi, Marco Muñoz, pero no hubo respuesta a las consultas.
Hasta el momento, varios de los casos en la zona, donde no se ha concedido en el Juzgado de Garantía la prisión preventiva, sí han sido resueltos por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt (ver página 4).
Gravosa
María Soledad Llorente, defensora regional de Los Lagos, sostuvo que la instrucción del Ministerio Público "es de carácter interno, y por tanto, no es vinculante para los demás intervinientes del sistema penal".
De acuerdo a Llorente, al instruir formas de persecución penal relacionadas con la prisión preventiva "es importante tener presente que por tratarse de la medida cautelar más gravosa esta no puede aplicarse por la mera instrucción de la Fiscalía, sino que tiene que, necesariamente, ser decretada por el tribunal".
Remarca la defensora regional que para que pueda aplicarse la prisión preventiva "el juez debe observar las reglas que la ley impone como requisitos para decretar la privación de libertad de cualquier persona, y estas dicen relación con la existencia de un delito, presunción de participación, necesidad de cautela, razonabilidad y proporcionalidad".
Explica la abogada que la misión como Defensoría Penal Pública "es asegurar que todo antecedente relevante sea conocido por el tribunal, para que la decisión de este sea racional y justa, permitiendo así materializar el principio de igualdad ante la ley, conforme a las normas nacionales e internacionales que protegen a todas las personas de actos ilegales y arbitrarios, sin distinción de ningún tipo".
Hasta el momento no existe claridad respecto de una línea de defensa definida ante el "Criterio Valencia", sólo se sabe que cada defensor tiene su causa y son ellos los que llevan adelante su estrategia de defensa.
Cautelares
El ministro Patricio Rondini, vocero de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, consultado por este tema, fue escueto y aseveró que todas las resoluciones son en derecho.
"Las medida cautelares no se suman o restan, sino que son las que en derecho corresponden de acuerdo al caso".
El fiscal jefe Marcelo Maldonado, ante la aplicación del "Criterio Valencia", sostuvo que esta disposición permite poder saber qué personas están pasando por control de detención, "si éstas efectivamente tienen o no algún tipo de vinculación con el país, si es que tienen algún tipo de identificación y asimismo nos permite, a futuro, hacer los respectivos canjes con las autoridades internacionales para establecer si es que en el extranjero ellos tienen algún tipo de antecedente penal", detalló.