Abogado de ex alcalde busca que sea absuelto tras condena por fraude al fisco
RESOLVERÁ LA CORTE DE APELACIONES. Álvaro Berger (ex PS) fue sentenciado a pena de cinco años de libertad vigilada. Tribunal estimó que gastó más de $5 millones en viaje a Argentina con fines personales.
La Corte de Apelaciones de Puerto Montt deberá resolver si acoge o no un recurso de nulidad del juicio oral que condenó a Álvaro Gonzalo Berger Schmidt (ex PS), a la pena de 5 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, en calidad de autor del delito consumado de fraude al fisco.
El ilícito, de acuerdo a la acusación, fue perpetrado por el ex alcalde lacustre en septiembre de 2015, tras un viaje realizado a Bariloche donde no se habría concretado el cometido fiscal.
El recurso de nulidad fue presentado por el abogado defensor de Berger, Pablo Castro, quien explicó que el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt tuvo como presentado el requerimiento y lo envió a la Corte de Apelaciones, que lo "deja a la vista para decidir si lo acoge o no".
Su aspiración es que el tribunal de alzada revoque el veredicto condenatorio y absuelva a Berger de los cargos imputados por el Ministerio Público.
De no resolver de tal forma, se plantea que sea condenado a tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, a cumplir bajo libertad vigilada intensiva, tal como fue determinado por el tribunal de Puerto Montt.
Error clave
Según Castro, en la sentencia se advierte una aplicación errónea del derecho. En el documento, al cual tuvo acceso este Diario, el jurista sostiene que el "perjuicio provocado por la errónea aplicación del derecho es de perogrullo, puesto que de haber aplicado correctamente la ley, se habría dictado sentencia absolutoria en favor de mi representado".
Explica que se invocan un par de causales en el fallo, que dan cuenta "de una dictación de la sentencia y errónea aplicación del derecho. En primer lugar, el tribunal decide en base a una supuesta infracción de deberes del funcionario público y que se configuraría el delito de fraude al fisco, en circunstancias que se le imputó al ex alcalde una maniobra engañosa, por lo que en el fondo, el tribunal aplicó una tesis diferente a lo que sostenía la Fiscalía y la Municipalidad (de Puerto Varas), por lo que se acercaba más a lo que estimaba el concurrente del Consejo de Defensa del Estado".
Para el penalista, la segunda causal, si no se considera la aplicación errónea del derecho, tiene relación con la determinación de las normas de aplicación de pena, ya que se le decretó el máximo para este tipo de delitos.
En fallo unánime el tribunal -integrado por los magistrados Rosario Cárdenas (presidenta), Patricia Miranda (redactora) y Andrés Villagra-, aplicó, además, a Berger Schmidt las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y la inhabilitación absoluta temporal para cargos, empleos u oficios públicos por el término de 5 años; más el pago de una multa a beneficio fiscal equivalente al 50% del perjuicio irrogado.
Para el cumplimiento cabal del beneficio, Berger Schmidt deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, con sede en la ciudad de Puerto Montt.
Sentencia
El 15 de octubre de 2014, en sesión ordinaria, el Concejo Municipal de Puerto Varas acordó, a propuesta del entonces alcalde de la comuna Álvaro Berger el viaje de una comitiva del municipio, encabezada por la autoridad comunal, con el propósito de proceder a la firma de un "Convenio de Promoción Turística, Intercambio Cultural, Comercialización de Productos Regionales de la Economía Popular Solidaria y otros", entre las municipalidades de Puerto Varas y de la ciudad argentina de San Carlos de Bariloche.
"Los integrantes de la comisión de servicios al extranjero fueron el entonces alcalde Berger Schmidt, los concejales de la época Fredy Opitz, Luis Guzmán y Héctor Jacob y, por los funcionarios municipales Caroll Mc Coll, Iván Cárdenas, Moisés Tepano, Víctor Hugo Soto, Mónica Castillo, Víctor Naíl y Maricela Urrea, esta última funcionaria municipal, que viajó sin cometido ni viáticos a su favor. Como invitada especial del edil, la comitiva estuvo integrada por Paola Levicán, quien mantenía en esa época una relación sentimental con Berger Schmidt", detalla la resolución judicial.
El texto agrega que, dicha comisión de servicio se llevó a efecto transcurridos 324 días después de su aprobación por el Concejo Municipal y, pese a la antelación con que se contó para "su implementación, no se cumplió con el objetivo de la citada comisión (…) En efecto, ni Berger Schmidt, ni algún funcionario municipal de Puerto Varas, por su encargo, tomó contacto formal previo para dicho efecto con algún funcionario de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, puesto que nunca existió la intención real de materializar el fin declarado".
140 páginas tiene la sentencia dictaminada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal.
2016 es el año que el Ministerio Público comenzó a investigar este hecho en Puerto Varas.