Defensa de ex alcalde Álvaro Berger dice que "hubo una errónea valoración de la prueba"
ANÁLISIS. Abogado estudia posibilidad de recurrir de nulidad del juicio tras sentencia contra ex autoridad de Puerto Varas, que lo condenó a una pena de 5 años en libertad. Acusación del Consejo de Defensa del Estado destaca en el fallo.
Nada de bien recibió la defensa del ex alcalde de Puerto Varas la sentencia dictaminada por el Tribunal de Juicio Oral, que terminó por sancionar con una pena de 5 años en libertad vigilada intensiva a Álvaro Berger, por el delito de fraude al fisco.
"Hubo una errónea valoración de la prueba", sostuvo el abogado Pablo Castro.
Fueron 6 días de juicio oral donde se rindieron diversos medios de prueba, que terminaron por encontrar culpable al ex jefe comunal por haber realizado un viaje "con fines de interés personal" a San Carlos de Bariloche, en Argentina, dijo el fiscal Daniel Alvarado, quien tomó la causa en 2016.
El abogado Pablo Castro puntualizó que en estos momentos se encuentra en la etapa de estudio del fallo, de 140 páginas, para precisar "si deducimos un recurso de nulidad".
Para ello tiene un plazo de 10 días, y de esa forma recurrir ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt.
Según Castro, al "menos creo que podría existir una errónea valoración de la prueba y que a propósito de ese error se determinó la concurrencia del fraude al fisco, calificación con la que nosotros no concordamos", precisó.
A juicio del penalista no concurre tal figura legal. "En el fondo, el tribunal determinó que hubo una defraudación en la que mi representado habría maquinado este viaje sólo con el propósito de satisfacer intereses particulares y eso nosotros creemos que no se probó. La prueba que se rindió indica que efectivamente se hicieron en Bariloche actividades de índole público", aseguró.
Fuerza mayor
Insiste el abogado que la actividad principal, que era firmar un convenio con la Intendencia de Bariloche, no se concretó, por una situación en la cual no le cabía responsabilidad a Berger.
"El tribunal concluyó que mi representado era la persona que decidía el momento y quiénes participaban en esta comitiva, y la decidió realizar sabiendo el fin del cometido que no se iba a poder concretar. Por eso el tribunal estima que habría intención de apropiarse o defraudar".
Argumenta Castro que "en definitiva, si el fin de este cometido no se logró, nosotros insistimos que fue por una situación de fuerza mayor, que fue la no presentación a sus funciones por parte de la intendenta en ejercicio en la fecha que estaba programada la reunión con ella".
Para el defensor del ex edil, lo aplicado por el Tribunal Oral fue la pena más alta posible dentro del tramo legal, "sobre todo si se considera que la agravante esgrimida por la Fiscalía se rechazó y se consideró una atenuante que era la irreprochable conducta anterior", sostuvo.
Delito
Rodrigo Tejos, abogado del Consejo de Defensa del Estado (CDE), dijo que lo que consideró el tribunal para arribar a este fallo fue la acusación particular del CDE, que actuó como parte querellante junto a la Municipalidad de Puerto Varas.
Tejos también es coincidente con el defensor en el sentido que esta pena es el máximo aplicable al delito por el cual fue condenado el ex alcalde.
"Esta es la pena que solicitó el Consejo de Defensa del Estado en su acusación particular, coincidiendo la tesis de este querellante con lo resuelto por el tribunal de juicio Oral en lo Penal. El ex alcalde Álvaro Berger cometió un delito de fraude al fisco, y conforme al monto del perjuicio correspondía como máximo la pena antes señalada de 5 años y la multa del 50% del perjuicio".
Según el penalista, "entendemos que el fallo y la sentencia resulta una decisión contundente, fundada de los antecedentes que obraban de la investigación fiscal".
Interés personal
El fiscal que tomó la causa hace 7 años, Daniel Alvarado, dijo que en el fallo queda en evidencia que hubo un interés personal de Berger en el viaje a Bariloche
"De acuerdo a los antecedentes que valora el tribunal en la sentencia, están relacionados con un viaje realizado a la ciudad de Bariloche en la República de Argentina, en que solamente existió un interés personal de la ex autoridad municipal de trasladarse junto a su pareja, generando un procedimiento administrativo, financiero y jurídico a través de los decretos en que se dispone una comitiva para este fin que nunca se pudo realizar, y que era la firma de un convenio con el municipio de San Carlos de Bariloche, ya que no existió coordinación, contacto, reuniones o alguna situación parecida previamente con alguna autoridad municipal argentina".
50 por ciento del perjuicio provocado a la Municipalidad de Puerto Varas deberá pagar la ex autoridad.
6 días demoró el juicio realizado en el Tribunal de Juicio Oral en lo penal (TOP) de Puerto Montt.