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Comunidad ancuditana recordó los 197 años de la Anexión de Chiloé

REGIÓN. En dependencias del Fuerte San Antonio se realizó tradicional ceremonia por esta importante gesta para la historia del país.
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César Cárdenas

Como es tradicional el Fuerte San Antonio fue el lugar escogido para la realización de la ceremonia de conmemoración de los 197 años de la Anexión de Chiloé a la República de Chile en Ancud. Con un acto organizado por el municipio local, los vecinos del Pudeto rememoraron esta histórica fecha para los isleños.

El alcalde Carlos Gómez encabezó esta actividad, en la que también participaron otras autoridades de índole comunal, provincial, regional y parlamentaria, representantes de Carabineros, de la Armada, Gendarmería, entre otras instituciones, que recordaron este hecho histórico para el país.

El edil destacó la relevancia de conocer el real significado de esta fecha, que recuerda la firma del Tratado de Tantauco, ocurrida un 22 de enero de 1826, lamentando que esta efeméride no cuente con mayor repercusión en otras comunas de la provincia chilota.

"Cómo me encantaría que ocurriera lo mismo en otras comunas de este gran Archipiélago, pero bueno, la tranquilidad la debemos tener nosotros los ancuditanos, que todos los años más allá de la administración de turno, esta fecha no pase por alto", recalcó el jefe comunal.

Agradecimientos

La autoridad edilicia agregó que "yo quiero agradecer también a todos los vecinos, a todas las vecinas que se dan cita en fechas conmemorativas como la de hoy (ayer), agradecer también a todas las instituciones presentes en nuestra comuna, que son partícipes de este acto".

Asimismo y como cada año, la alocución histórica estuvo a cargo del destacado historiador ancuditano, José Ulloa. El profesor de historia y geografía, comentó que más allá del contexto histórico que posee esta fecha, se pretende que sea una oportunidad que sirva de bisagra para fortalecer los planes de acción de cara a la celebración del Bicentenario de Chiloé en enero del año 2026. "El enfoque de esta conmemoración es precisamente eso, simular a la comunidad, a toda la comunidad, no solamente a las autoridades, a que pensemos en lo que se nos viene, la importancia de este acontecimiento, a toda la población, a toda la provincia", dijo.

El historiador añadió que "es eso, un llamado a la unión, a trabajar en conjunto, compartir los intereses. Que los 200 años se conmemoren para todo Chiloé, no solamente para Ancud donde se dio el desenlace, eso es lo fundamental, que se canalicen proyectos que sean de incumbencia, culturales, educativos, para Chiloé, para sus habitantes, eso es lo trascendental".

Junto con ello, Ulloa consignó que "lo que se está logrando ahora es que diferentes autoridades que tienen mucho que decir, en el ámbito cultural, político, educacional, trabajemos unidos para realmente desarrollar proyectos que tengan relevancia".

Dos pescadores calbucanos son rescatados tras grave accidente

EN BAHÍA MANSA. El hecho ocurrió luego que la nave chocara contra unas rocas. La Armada efectuó el salvataje.
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Dos tripulantes de una embarcación que zarpó desde Calbuco con destino a Bahía Mansa sufrió un grave accidente. Sus dos ocupantes salvaron de morir ahogados al aferrarse a unas rocas en el sector Palería -Bahía Mansa-, comuna de San Juan de la Costa.

Fue ayer viernes, a eso de las 09:35 horas, que la Autoridad Marítima recibió un llamado por parte de un operador de la Unidad de Búsqueda y Rescate de Osorno (Ubro), que daba cuenta que el patrón de la lancha a motor "Río Cholguaco" informaba que una embarcación se encontraba a la deriva en cercanías de Caleta Cóndor, provincia de Osorno.

La nave correspondía a la lancha a motor "Estrella II", matrícula de Calbuco, que zarpó de ese lugar en dirección a Bahía Mansa con un tripulante y un pasajero.

Rescate

El teniente segundo, Joaquín Coca, parte del Grupo Aeronaval Puerto Montt, detalló que tras la alerta la Comandancia en Jefe de la Quinta Zona Naval activó al Grupo Aeronaval, "en primer lugar al Avión Naval 323, cuyos especialistas avistaron a las dos personas naufragadas en una roca, cercana a la embarcación varada. Posteriormente el Helicóptero Naval 51, rescató con éxito a las dos personas para llevarlas de inmediato hasta Puerto Montt y que recibieran la atención médica".

Respecto a la meteorología, el oficial agregó que "si bien era adversa con nube baja lo que hacía difícil la operación del helicóptero y del avión, se pudo marcar la posición y llevar a cabo el rescate".

Consumir alcohol y conducir tiene efectos penales

Carmen Gloria Wittwer Fiscal regional de Los Lagos
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Conducir en estado de ebriedad o bajo los efectos del alcohol es una fatal combinación que puede significar pérdida de vidas, pero también el inicio de la persecución penal para los responsables. Por lo anterior, es importante conocer más en detalle sobre lo que establece la ley en esta materia.

La Ley de Tránsito distingue dos hipótesis de conducción bajo la incidencia del alcohol, los que sirven como factor para determinar la gravedad de la pena que arriesgan los conductores por desarrollar esta irresponsable acción, constituyendo la hipótesis menos grave el "manejar bajo la influencia del alcohol", castigado en el artículo 193 y configurado por una concentración alcohólica de entre 3,1 y 0,79 gr. por mil de alcohol en la sangre (artículo 111 inc. 3°), mientras que el supuesto de mayor gravedad, tipificado en el artículo 196, una dosificación igual o superior a 0,8 gramos por mil de alcohol (artículo 111 inc. 2°).

Cuando se conduce en estado de ebriedad y se produce un accidente con resultado de muerte y/o lesiones de mayor gravedad, tipificadas en el artículo 397 N° 1 del Código Penal, el responsable afronta diversas consecuencias jurídicas derivadas de las obligaciones que surgen de su participación en el mismo. Por una parte, según el delito previsto en el artículo 195 inc. 3°, la persona debe mantenerse en el lugar, luego debe avisar a Carabineros sobre el hecho, junto con prestar la ayuda posible a los accidentados en caso de que existan. Por otra parte, conforme el delito tipificado en el artículo 195 bis inc. 2°, debe someterse, prestando su consentimiento, a la práctica de los exámenes de detección practicados de consumo de alcohol por la policía.

Ahora bien, las sanciones que arriesga una persona por involucrarse en un suceso de esta naturaleza son de las más drásticas del ordenamiento penal, aumentadas en su oportunidad por la Ley N° 20.770, con la denominada "Ley Emilia". Por ejemplo, el delito de conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte o lesiones graves gravísimas, tiene asociada una pena privativa de libertad que oscila entre 3 años y un día hasta 10 años de presidio, bajo especiales reglas de sanción que determinan que dicho umbral no pueda ser alterado por el juez (artículo 196 bis), y que, aunque no resulte efectiva la privación de libertad, igualmente se deberá cumplir un año efectivo en prisión (artículo 196 ter, inc. 1°). Además, conlleva las penas de inhabilidad perpetua para conducir, multa de 11 a 20 UTM y el comiso del vehículo.

Para finalizar, cabe destacar que tanto el delito de huida del lugar del accidente, como la negativa a practicarse los exámenes de detección de consumo de alcohol, establecen en los artículos 195 inc. 4 y 195 inc. 3° que a las penas por su ejecución deben sumarse con aquel delito o cuasidelito realizado por la acción de conducción, lo cual, en la práctica, significa que un imputado podría llegar a ser castigado por los tres delitos.

Se debe tener conciencia entonces que el consumir bebidas alcohólicas y luego conducir, además de implicar grandes riesgos para la salud, la integridad física y la vida propia y de terceras personas, trae aparejada responsabilidad penal para los responsables.

"Las sanciones que arriesga una persona por involucrarse en un suceso de esta naturaleza son de las más drásticas del ordenamiento penal"