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Corte falla a favor de operario tras amputación en salmonera

EN DALCAHUE. Tribunal de alzada de Puerto Montt ratificó sentencia en demanda de indemnización de perjuicios y condenó a empresa a pagar $15 millones.
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Redacción

La Corte de Apelaciones de Puerto Montt rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la empresa Cermaq Chile S.A., contra el pago de una indemnización de perjuicios por el accidente laboral de un operario ocurrido en un centro de cultivo de esa salmonera.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada ratificó la sentencia dictada el 7 de noviembre de 2020 por el Juzgado de Letras de Ancud, que acogió la demanda de indemnización de perjuicios y condenó a la empresa a pagar 15 millones de pesos por daño moral, más el pago de las costas del juicio.

El accidente

El día 13 de febrero de 2020, la jefatura directa encomendó al operario extraer mortalidad de peces de una jaula, función que debía ejecutar junto a otros dos operarios, que regularmente se desempeñaban en un centro de Dalcahue.

Ese día, el trabajador sufrió un accidente en el que resultó con amputación de parte de su dedo anular y fractura del dedo medio, ambos en la mano derecha, por lo cual requirió hospitalización, tratamiento y descanso médico hasta el 9 de abril de 2021.

El fallo de la Corte de Apelaciones sostiene que el Juzgado de Letras de Ancud hizo un análisis razonado de la prueba y concluyó en base a la ley que se acreditaron todos los requisitos de responsabilidad contractual alegados, respecto a que el empleador no dio cumplimiento efectivo a las obligaciones que le impone el artículo 184 del Código del Trabajo y por tanto debe responder por los perjuicios ocasionados al trabajador.

"La sentencia tiene por acreditada la existencia de un daño moral en el actor, entendido como el dolor y sufrimiento espiritual del mismo frente al accidente sufrido, que de manera evidente redunda en todos los aspectos de su vida, y establece el monto a indemnizar", concluye el fallo.

El texto legal agrega que, en el considerando décimo, la "sentenciadora estableció que estamos frente a un accidente del trabajo, por lo que se debe determinar si el empleador es o no responsable por los perjuicios, y para analizar la responsabilidad en este accidente del trabajo se debe tener presente la fuente de dicha responsabilidad y el marco legal que resulta aplicable (...) se acreditaron todos los requisitos de responsabilidad contractual que se alega".

"Que, atendido lo razonado precedentemente, la causal de nulidad (...) invocada por la recurrente, será también rechazada", concluye el fallo del tribunal de alzada.

bachiller en Historia

Tomas en Pelluco: ¿Qué respuestas dará el Estado?

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Puerto Montt, tiene historias tristes y desgarradoras con las ocupaciones ilegales de terreno. Historias que debieran causarnos dolor al recordarlas, pero también lecciones por aprender.

Sin duda, la más dramática fue la denominada Matanza de Pampa Irigoin, acaecida un 9 de marzo del año 1969, donde por la acción de carabineros que intentaban cumplir una orden de desalojo, fallecieron 11 pobladores, incluyendo un menor de tres meses.

Esta tragedia causó una enorme conmoción nacional que trajo graves y serias consecuencias políticas, no sólo en su momento, porque algunos años después, en 1971, grupos de ultraizquierda asesinaron al que fuera ministro del Interior en la época de los sucesos, Edmundo Pérez Zujovic, haciéndolo responsable de lo ocurrido.

Después, un 22 de octubre de 1979, tras una intensa lluvia que se desencadenó sobre nuestra ciudad, una avalancha de tierra, barro y piedra se precipitó sobre las modestas y miserables carpas de nylon que ocupaban la estrecha playa que se extiende entre Pelluco y Coihuín, donde cerca de 200 familias, que se dedicaban a la recolección del pelillo, alga muy apetecida por los asiáticos, vivían en condiciones realmente precarias.

Resultado, siete personas fallecieron, decenas quedaron heridos, y una comunidad entera conmovida por la tragedia y especialmente por las condiciones de vida que llevaban estos compatriotas. Sus cuerpos incluso fueron velados en la propia Iglesia Catedral de la capital regional.

En la misma década de los 70, eran constantes los desalojos que se producían en las laderas del cerro La Colina, en el Barrio Lintz, donde innumerables familias instalaban allí sus modestas esperanzas de una mejor vida. Y así fue como sobrevino otra tragedia, cuando una noche de invierno, un incendio arrasó con una de estas viviendas, muriendo siete niños calcinados, ante la impotencia de sus padres, vecinos y de Bomberos y equipos de ayuda, que por lo escarpado del terreno, nada pudieron hacer para evitar tamaña tragedia.

¿Y el Estado?

Estamos en 2021 y muchos arquitectos y urbanistas señalan en sesudos artículos que el próximo estallido social que vivirá nuestro país será por el tema de la vivienda y por la acelerada, pero sistemática ocupación ilegal de terrenos a lo largo y ancho del territorio nacional. Sostienen incluso que existen verdaderas mafias o grupos organizados detrás de estas tomas.

Actualmente, en la antigua línea férrea, en el sector de Pelluco, decenas de familias se han instalado, a vista y paciencia de todos. Sin duda, han llegado a ese lugar (pensando de buena fe) agobiados por la pobreza, por la falta de oportunidades, promesas incumplidas, en definitiva, por la desesperanza. Pero la pregunta que cabe hacerse a continuación, pensando en los miles de chilenos y chilenas que durante años postulan a los diversos programas que pretenden dar solución habitacional, es ¿y dónde está el Estado, ese con mayúsculas para dar solución a lo que ocurre con estas tomas?

La historia es porfiada

Porque algo sí es definitivo. Son terrenos fiscales. Y son varios los organismos públicos los que tienen algo que ver y decidir. Entonces, otra vez, con la pregunta, ¿será posible, aunque sea por teleconferencia, como se acostumbra por estos días, que todos estos servicios públicos trabajen al unísono, conformen un solo equipo y busquen alguna solución?

Leyendo diversas entrevistas de estos funcionarios, más parece que están jugando al" compra huevos," y nadie quiere asumir responsabilidad alguna.

Entonces, reitero y propongo : constituyan un solo equipo y busquen nuevas soluciones a viejos problemas.

La naturaleza siempre será difícil dominar, no así las decisiones que dependen de nosotros.

Porque ya bien sabemos que la historia, esa grande, es porfiada y tiende a repetirse.

Hardy

Knittel,

Acusado de femicidio frustrado en Puerto Varas arriesga más de 1 4 años de cárcel

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Una alta pena arriesga una persona que fue encontrada culpable del delito de femicidio en calidad de frustrado, ocurrido en el año 2019 en Puerto Varas, hecho investigado por el MInisterio Público y que arribó a un juicio oral.

De acuerdo a la fiscal jefe de Puerto Varas, Lorena Meza, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) condenó en forma unánime a Jaime Pérez Huenulaf por los delitos de amenazas y femicidio frustrado en contra de su ex conviviente.

"Se acreditó, más allá de toda duda razonable, que durante septiembre de 2019, el acusado ingreso al dormitorio de la víctima apuñalándola en diversas partes del cuerpo y que le hubiesen causado la muerte dichas lesiones si no hubiera sido por el auxilio que le dieron en ese momento sus familiares y vecinos", afirmó la persecutora.

La investigación fue llevada adelante por Carabineros y su Laboratorio de Criminalística (Labocar). "La Fiscalía está solicitando 13 años de cárcel por el delito de femicidio frustrado y 540 días por las amenazas", especificó la fiscal Meza.

Condenan a tres años a imputado por el delito de robo con fuerza en Puerto Montt

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt condenó a Salomón Orlando Soto Muñoz a la pena de 3 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de robo con fuerza en las cosas en lugar no habitado, ilícito perpetrado en noviembre de 2019, en esta comuna.

En fallo unánime, el tribunal -integrado por los jueces Francisco Javier del Campo (presidente de sala), Patricia Miranda (redactora) y Loreto Yáñez- aplicó además a Soto Muñoz las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.

En la causa, el tribunal decretó la absolución de Soto Muñoz de la acusación fiscal que lo sindicaba como autor del delito de receptación, "debido a que la prueba aportada e incorporada por el acusador institucional resultó insuficiente", indica el fallo.

El hecho ocurrió el 10 de noviembre de 2019, en una empresa constructora.