Correo
Restricción vehicular I
Hoy (ayer miércoles) me tocaba restricción vehicular. Dejé mi auto en casa y me dispuse a caminar. Pasé a hacer un trámite a una oficina cerca de Ejército, a la altura de la comisaría de Carabineros. Haciendo la fila aproximadamente 20 minutos, mi entretención fue mirar las patentes de los automóviles particulares. Grande fue mi sorpresa. En ese lapsus de tiempo, 25 automóviles, patentes 4 y 5, pasaron por la cuesta de Ejército, desafiando así la medida impuesta por la autoridad respecto de la restricción vehicular.
Después de realizado mi trámite, seguí caminando por el centro de la ciudad. En calle Pedro Montt volví a poner atención a los automóviles, vi nuevamente patentes 4 y 5 a vista y paciencia de carabineros, algunos que estaban de pie en las esquinas, fijándose en su celular, otros mirando como estos automóviles sencillamente pasaban por su lado, sin siquiera tomarlos en consideración.
Me pongo a pensar en personas como yo que respetamos la medida, pero que tienen un hijo enfermo y que necesitan llevarlo al hospital y no se atreven a tomar su auto porque tienen restricción, pensando que podrían ser sancionados, y otros indolentes que salen en sus autos sin temer desafiando la poca o nula fiscalización.
Vivimos en un pueblo sin ley, donde la próxima cuarentena está a punto de ser un experimento que puede ser un total fracaso si siguen sin fiscalizar.
Espero que hayan aprendido algo de la previa experiencia de cuatro meses que no sirvió de nada, y espero que la medida más absurda de una restricción sin fiscalización sea levantada cuanto antes.
Marcela Díaz Aliaga
Restricción vehicular II
Una de las medidas tomadas por la autoridad competente debido a la pandemia que nos afecta, y que no tiene absolutamente ninguna utilidad, es la restricción vehicular que se impuso para Puerto Montt. La justificación entregada es que con ello se evita la movilidad y los desplazamientos.
Nada más ajeno a la realidad; lo único que evitamos con ello es la traslación de los vehículos, pero no de las personas. Si alguien tiene que trabajar, con restricción o no, lo va a hacer igual. Y para ello utilizará un segundo auto o se desplazará a pie o en locomoción colectiva, aumentando con esta última solución las posibilidades de contagio.
O sea, con la restricción vehicular no limitamos la movilidad de las personas, sino que sólo logramos que haya menos vehículos en las calles. Ahora que comenzamos con cuarentena nuevamente, la medida de la restricción se hace innecesaria, por lo que, conociendo el buen criterio con que ha actuado nuestra autoridad, estoy seguro que la va a derogar.
Víctor Aravena Soto
Dignidad y derechos
El primer artículo de la Constitución dice: "Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos". Esta garantía constitucional otorga protección equitativa a todos los chilenos, debiendo el Estado tratar a todos los ciudadanos como individuos y no como componentes de una clase racial, religiosa, sexual o nacional.
Cuando se legisla a favor de grupos específicos y se otorgan "cuotas especiales" bajo el supuesto de la "igualdad", lo que se consigue inevitablemente es desigualdad, y lo que es peor, pérdida de libertad.
Lionel Álvarez Westermayer
Equidad de género
¿En qué medida una Constitución puede ser gatilladora de un cambio en un país? La Constitución no va a solucionar todo, pero se ocupará en gran medida de encauzar las demandas más relevantes del proceso democrático. Por primera vez en la historia republicana, van a instaurarse principios relevantes como la democracia de género y la igualdad sustantiva.
Al respecto, los principales detractores de la paridad de género (sobre todo de resultado) podrán decir que esto altera las reglas de la democracia popular, la voluntad de los electores. Pero lo cierto es que al consagrar la paridad de género, nuestra representación estará reflejada en la distribución del poder, es decir, una real igualdad y dignidad entre hombres y mujeres. Está comprobado que mayor presencia femenina genera mayor deliberación, mayores resultados, y este es el momento preciso de elevar a nivel constitucional la violencia de género.
Sin duda que se debe rescatar lo que hay, pero igualmente hay que elevar los estándares que da el Derecho Internacional. Este fenómeno deberá verse de manera integral, y por sobre todo, deberá dársele una importancia práctica que merece, entendiéndolo ya no sólo desde el punto de vista de la autonomía económica de la mujer o de una mayor presencia en directorios y en puestos de toma de decisión. Una Constitución con enfoque de género deberá ser más que una perspectiva de análisis para determinar la diferencia entre hombres y mujeres, deberá ser extensiva a todos los ámbitos.
Alejandra Westermayer Fuentes