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Ordenan nuevas medidas por escape de salmones desde centro de Blumar

SUPERINTENDENCIA. Buscan abordar riesgo al medio ambiente. Entre otras, se ordenó a la empresa un monitoreo submarino.
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Redacción

Después de realizar una fiscalización al centro de cultivo "Caicura" de la empresa Blumar, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) dictó nuevas medidas "urgentes y transitorias" que esa compañía deberá cumplir en un plazo de 30 días.

La visita inspectiva a esas instalaciones se realizó junto a funcionarios de la Armada y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca), quienes verificaron el hundimiento de la estructura y mortalidad de salmones. En esa oportunidad, utilizaron un robot submarino ROV (Remote Operated Vehicle), cuyas imágenes registraron pasillos, redes peceras y loberas, peces vivos y en su mayoría muertos.

El pasado 27 de junio, la compañía reportó el colapso de 16 de las 18 balsas-jaula que componían ese centro de engorda, producto de fuertes vientos y oleaje.

La empresa estimó que al momento del incidente había unos 875 mil ejemplares en ese módulo; según su más reciente publicación en su portal de internet, han recuperado 23.612 salmones (2,7%), con el apoyo de 502 pescadores, a los que se les paga $10 mil por especie recuperada. Para desestimar un eventual daño ambiental, la normativa vigente exige un mínimo de un 10% de recaptura del total escapado.

De acuerdo a la salmonera, "en 5 días logramos visualizar 12 jaulas hundidas con peces en su interior, a 295 metros bajo la superficie".

Las medidas

Al día siguiente del hundimiento de ese centro de cultivo, ubicado en el Seno del Reloncaví, frente a la comuna de Hualaihué, la SMA ya había ordenado a Blumar el cumplimiento de medidas urgentes y transitorias, por lo que las de ahora se suman a las primeras.

Ivonne Mansilla, jefa de la Oficina Regional de la SMA, expuso que de esta manera esperan "abordar el riesgo, principalmente al medio acuático, la flora y fauna del sector".

Para ello, se solicitó al titular de ese centro de cultivo realizar un monitoreo submarino, que incluya estudios con sonares de barrido lateral de última tecnología, considerando además el uso de una batimetría Multihaz, que permitan la mayor precisión del fondo, como lo es el módulo de cultivo, sustrato marino y biomasa de peces muertos.

Además, la empresa deberá presentar un informe donde se cuantifique la mortalidad total presente en el sustrato marino, en kilogramos y en metros cúbicos, y de forma desglosada por jaula de cultivo; además de un reporte sobre la cantidad y tipo de alimento (proveedor, marca, características fisicoquímicas) que se hundió en el incidente.

La compañía también deberá presentar una propuesta de plan de muestreo ante la eventualidad de la aparición de una Floración de Algas Nocivas (FAN), y de constatarse dichas algas, el titular deberá informar inmediatamente ante la SMA, además de reportar periódicamente el muestreo.

Por último, el titular deberá realizar la medición de parámetros ambientales en la columna de agua en una estación a no más de 30 metros del perímetro del módulo hundido, sumado a una estación de control a más de 100 metros de la estructura. Esas estaciones deberán ser monitoreadas de forma diaria y continua, mediante la instalación de equipos de monitoreo in situ debidamente calibrados e instalados a una profundidad de 100 metros.

Las medidas detalladas tienen un plazo de 30 días corridos, contados desde la notificación de esa resolución.

La jefa regional de la SMA sostuvo que esas medidas complementan oficios y requerimientos que el Sernapesca y la Directemar han requerido a Blumar, en materia del escape de salmones y de monitoreo ambiental.

Rechazan recurso por cuarentena de trabajadores del Puente Chacao

PARGUA. Ante eventual riesgo de contagios de covid-19. Corte de Apelaciones consideró que acción perdió oportunidad.
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La Corte de Apelaciones de Puerto Montt rechazó el recurso de protección presentado por comunidades indígenas y organizaciones sociales de Pargua, comuna de Calbuco, para que, ante el riesgo de contagio de covid-19, se sometan a cuarentena obligatoria a los operarios que lleguen de otras regiones a trabajar en la construcción de ese viaducto.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Patricio Rondini, Jaime Vicente Meza y el abogado (i) Christian Löbel- no dio lugar a la acción cautelar dirigida contra las Secretarías Regionales Ministeriales (Seremi) de Salud y Obras Públicas, la Intendencia de Los Lagos y el Consorcio Puente Chacao (CPC).

La sentencia considera extemporánea esa presentación. "Tanto la llegada de los trabajadores, como su ingreso a las faenas se produjo entre los días 17 y 18 de mayo del presente año, por lo que la petición del recurso en cuanto a que se ordene a aquellos cumplir con una cuarentena preventiva de catorce días, carece de plausibilidad para efectos de su concreción, por lo que la acción a este respecto ha perdido oportunidad", sostiene el fallo.

Asimismo, la resolución descartó un actuar ilegal o arbitrario de las recurridas, al especificar que "ello no excede del marco de una mera especulación, por lo que la referida amenaza adolece de falta de certeza, siendo evidentemente plausible su ocurrencia, pero en un grado de probabilidad indeterminada, que no permite estimar su ocurrencia con un estándar suficiente".

En el escrito, los magistrados exponen que se ha desplegado medidas sanitarias para asegurar que el arribo de esos operarios no constituya riesgo para la salud pública, "ya que se han efectuado exámenes previos a su llegada, que dan cuenta de la ausencia de contagio de covid-19, por lo que sólo existe una posibilidad de contagio en el mismo sector de Pargua, en iguales condiciones que la de los demás habitantes de la zona".

El recurso fue interpuesto el pasado 19 de mayo por Francisco Vera Millaquén, en su calidad de werkén de la comunidad mapuche huilliche Pepiukelén, y en representación de otras 13 personas.

Encuentra muerto a pescador de Quenu en isla cercana a su hogar

CALBUCO. Servicio Médico Legal estimó que Ramón Agüero falleció por inmersión y su cuerpo llegó hasta la isla Tabón.
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Arrastrado por las corrientes marinas, el cadáver del pescador Ramón Agüero Guerrero (58) fue encontrado el jueves en las playas de la Isla Tabón y desde ayer se está realizando su velatorio en su casa habitación de la Isla Quenu, comuna de Calbuco.

Tras 22 días de búsqueda, un grupo de lugareños realizó el hallazgo del cadáver del conocido vecino isleño, que se dedicaba a la pesca de orilla.

Personal de la Armada y de Carabineros llegó hasta el lugar, para levantar el cuerpo del infortunado trabajador, quien fue visto por última vez con vida el 17 de junio.

Luego del hallazgo, fue trasladado hasta el Servicio Médico Legal de Puerto Montt, para realizar la identificación del cadáver, ya que por la data de la desaparición, en principio no pudo ser reconocido por familiares. Por la tarde, regresó a su isla natal para sus exequias y posterior funeral que se realizará este domingo el cementerio del lugar.

Sin resultados

Desde la fecha de la desaparición de Agüero, se realizó una búsqueda por vía marítima y terrestre que no tuvo resultados, sumándose luego el Gope, frente a la hipótesis de que hubiese sufrido algún accidente.

Claudia Guerrero fue una de las personas que más luchó por encontrar a su cuñado con vida.

"Ahora estamos tristes, pero a la vez tranquilos. Por el fin de esta historia que fue dramático para la familia. Él fue una persona muy conocida y querida en la comunidad y ahora solo nos queda darle el último adiós", comentó.