Arrebato y obcecación: la tesis con que abogado de doble femicida busca atenuar responsabilidad
CALBUCO. El crimen ocurrió en la propiedad del detenido, después que sus primas lo encararan. Imputado por femicidio íntimo y femicidio frustrado permanece hoy en prisión preventiva.
El defensor del imputado por el doble femicidio -uno consumado y otro frustrado- ocurrido el jueves 22 de mayo en Calbuco, argumentó un "arrebato y obcecación". El crimen terminó con la vida de una madre residente en el sector rural El Tambor y dejó a su prima en grave estado.
El abogado Sergio Coronado, defensor de Miguel Gonzalo Alvarado Cárdenas, de 62 años, sostuvo que el "arrebato y obcecación" es, en esencia, una circunstancia atenuante contemplada en el Código Penal.
De acuerdo con la Biblioteca del Congreso Nacional, en el derecho chileno, el "arrebato y obcecación" es una atenuante que se aplica cuando un agente delictivo actúa impulsado por estímulos tan poderosos que, naturalmente, le provocan un "arrebato" (una emoción intensa, repentina y de corta duración) o una "obcecación" (un estado pasional persistente y prolongado).
Esta atenuante se encuentra en el numeral quinto del artículo 11 del Código Penal; sin embargo, la Ley N° 21.675, en su artículo 43, es enfática en descartar aplicar esa atenuante en delitos que signifiquen violencia en contra de las mujeres, en razón de su género.
"En los procesos judiciales por delitos constitutivos de violencia de género (...) el tribunal no podrá aplicar la atenuante de responsabilidad contenida en el N°5 del artículo 11 del Código Penal", dice la citada ley.
La versión de la defensa
Coronado, en la audiencia de formalización de cargos penales, expuso que existió una comunicación vía WhatsApp entre el imputado y la prima de su cónyuge. Además, dijo que hacía cinco años que el acusado no mantenía una relación de pareja con la fallecida, Claudia Ruiz Soto, de 51 años.
"El imputado no era una persona violenta, y uno de los hijos señaló que la fallecida tenía un carácter fuerte. Existieron comunicaciones vía WhatsApp, y estas referirían que don Miguel no le planteaba en ningún momento una especie de acoso, sino un intento de acercamiento".
El ex fiscal reveló en la audiencia que hubo una llamada al imputado de femicidio: "Y extrañamente, (Verónica Vega Ruiz, la prima de la víctima) graba esa llamada, cuyo contenido es una serie de insultos y amenazas por parte de la víctima (Claudia Ruiz Soto) hacia mi representado. También lo amenaza con que le va a contar a su cónyuge [la esposa de Alvarado Cárdenas]".
Coronado explicó que la segunda víctima, Verónica Vega Ruiz, de 48 años, cumple con la amenaza y le cuenta a la cónyuge del imputado. "Y estando él en su casa en la noche (jueves 22 de mayo, alrededor de las 21 horas), ambas víctimas llegan a su domicilio, lo van a encarar, lo tratan de degenerado y hay un forcejeo. Es en ese contexto que se genera la lamentable reacción de mi representado. Producto de ello, vamos a solicitar informes psicológicos y psiquiátricos, porque se debe entender desde el punto de vista emocional lo que ocurrió", sostuvo.
FISCALÍA: imputado fue encarado por víctimas
El fiscal jefe de Calbuco, Marcelo Maldonado, formalizó a Alvarado Cárdenas por el delito de femicidio íntimo consumado en perjuicio de Claudia Ruiz Soto y un delito de femicidio íntimo en grado de frustrado respecto de Verónica Vega Ruiz.
Respecto a las motivaciones, Maldonado expuso en la audiencia que estas estarían asociadas al comportamiento que el imputado estaba teniendo con la afectada, Verónica Vega.
"Ella había estado recibiendo mensajes en su teléfono donde el imputado le manifestaba su interés en un acercamiento y una relación sentimental con ella. Finalmente, ella decidió contarle a su prima -quien era la pareja del imputado- sobre lo que este le estaba escribiendo, haciéndole una serie de insinuaciones".
El vocero de la Fiscalía Regional de Los Lagos explicó que, según la tesis fiscal, el imputado, "cuando es encarado, se defiende y agrede a su pareja y a la prima, quien en estos momentos es la principal testigo", observó.
En la audiencia de formalización de la investigación, la jueza Marianela Mancilla ordenó el ingreso a prisión preventiva de Alvarado Cárdenas, por considerar que su libertad constituiría un peligro para la seguridad de la sociedad, de la víctima sobreviviente y por existir peligro de fuga.
Además, fijó en ocho meses el plazo de investigación.
22 de mayo, en horas de la noche, en el sector de El Tambor en Calbuco se registró el hecho que terminó con la vida de una mujer.