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Formalizan a vecina por dejar morir a su gato: la acusan de presunto maltrato animal

OSORNO. Animalistas encontraron agonizando al felino, que tenía leucemia. Su dueña dijo que no tenía dinero para llevarlo al veterinario.
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Sergio Silva

Animalistas de Osorno denunciaron un presunto caso de maltrato animal en Rahue Alto. Se trata de un gato que un transeúnte encontró moribundo en la calle, por lo cual denunciaron a la dueña por presunto maltrato animal.

El hecho ocurrió en Rahue Alto Sur, cuando los integrantes de la agrupación defensora de perros y gatos "Un ángel en tu camino", fueron contactados por un peatón que advirtió que en la vía pública había un gato tendido, en mal estado de salud, que tal vez había sido atropellado y estaba lesionado.

La presidenta Jenny Muñoz, junto a una socia, acudieron al sector y no encontraron al animal doméstico. Al contactar a la persona que hizo la denuncia, señaló que una vecina de esa calle lo había ingresado a su hogar.

"Tocamos en el domicilio y le explicamos a la señora sobre lo que estaba pasando, ella nos dijo que el gato no era suyo y que lo entró para que no estuviera en la calle. Cuando se lo pedimos para hacernos cargo y llevarlo a una veterinaria, nos indicó que era de su propiedad y que además tenía su carnet de controles. Ante ello, lo tomamos, trasladamos a una clínica y de paso hicimos la denuncia en Carabineros por maltrato animal", comentó la dirigenta.

Eutanasia

El veterinario que revisó al felino indicó que tenía leucemia, micro plasma, desnutrición severa y deshidratación.

"El animal se iba a morir igual en unos días más, porque ya estaba agonizando y se le practicó eutanasia, debido a los informes clínicos arrojados. Con estos datos hicimos la denuncia y se detuvo a la dueña del animal, quien fue formalizada por presunto maltrato animal. El último control fue en 2022 y estamos a 2024; el gato no tenía ningún tratamiento de vacunas. Además, su dueña no sabía que su mascota tenía una enfermedad contagiosa para otros animales, tal como la leucemia. Es una irresponsabilidad total en todo sentido, porque con esta condición no puede andar vagando", señaló la defensora de las mascotas.

Formalización

Si bien la agrupación animalista de Osorno ha realizado varias denuncias por maltrato animal, este es el primer caso que llega de manera rápida a la justicia y la dueña del animal fue formalizada.

En una audiencia desarrollada esta semana en el Tribunal de Garantía de Osorno, el Ministerio Público formalizó a una trabajadora de 34 años por el delito de maltrato animal.

El fiscal Jaime Sáez expuso los antecedentes de la denuncia presentada por la agrupación.

"Ella fue detenida en su domicilio de Rahue Alto tras ser denunciada por maltrato animal, donde la responsable de la agrupación oficializó la denuncia. El animal estaba agonizando, sin recibir ayuda de su dueña, quien a la hora de su detención tenía al gato dentro de su casa. Mostró el carnet de control y dijo que por falta de dinero no podía costear su tratamiento veterinario", indicó el fiscal.

El persecutor invocó el artículo 291 Bis del Código Penal, que se refiere a "si como resultado de una acción u omisión se causare daño al animal, la pena será presidio menor en sus grados medio a máximo y una multa de treinta Unidades Tributarias Mensuales, además de la accesoria de inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de cualquier tipo de animal en su casa".

Se fijó un plazo de 45 días de investigación y la imputada, quien pidió ser identificada como Carmen, reafirmó lo dicho por el fiscal en la audiencia.

"Estoy pasando por un problema económico que me impidió llevar al gato al veterinario. Era un animal de casa y estuvo perdido varios días, hasta que llegó débil. Pensamos que le dieron veneno, por lo que lo mantuvimos en una caja hasta que pilló la puerta abierta y salió a la calle, donde lo encontraron moribundo. Se podría haber evitado todo esto si las personas animalistas hubiesen actuado de otra forma, conversando de manera civilizada conmigo. Yo ahora no tengo dinero, pero podríamos haber llegado a un acuerdo y haber asumido los gastos", sostuvo la vecina.

"Se podría haber evitado todo esto si las personas animalistas hubieran actuado de otra forma, conversando de manera civilizada conmigo".

Carmen, imputada por maltrato animal

45 días de investigación fijó el juez de Garantía para el periodo de la investigación por esta causa de maltrato animal en Rahue Alto.

La SMA rechaza programa de cumplimiento presentado por empresa constructora

PUERTO MONTT. La unidad fiscalizable se ubica en el sector de La Vara y consiste en la explotación de áridos desde un pozo seco. Investigación se origina tras denuncia.
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La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) rechazó un programa de cumplimiento presentado por la empresa Constructora La Esperanza Limitada, "Regularización Extracción de Áridos Pozo Maldonado", en el marco del procedimiento sancionatorio iniciado en octubre de 2021, donde el titular presentó un plan de acciones y metas que no cumple con los criterios de integridad ni eficacia exigidos.

La unidad fiscalizable, ubicada en La Vara Senda Sur S/N Ruta V-629 km 5, comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos, consiste en la explotación de áridos desde un pozo seco, cuyo sistema de extracción se realiza a través de medios mecánicos.

Como contexto, esta investigación tuvo como origen denuncias ciudadanas por ruidos emitidos por una máquina chancadora de dicho proyecto, que no estaba contemplada en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). A raíz de estos antecedentes, la SMA inició un procedimiento sancionatorio en contra de la compañía, donde se le imputó dos infracciones, primero por realizar procesamiento de áridos no contemplado en la evaluación ambiental -infracción que fue clasificada como grave-; y segundo, por la superación de la norma de emisión de ruidos, según fue constatado en julio de 2021, en horario diurno, -infracción que fue clasificada como leve-.

Respecto a los argumentos para rechazar del programa de cumplimiento (PDC), estos se sustentan porque las acciones propuestas por el titular del proyecto no dieron cumplimiento al criterio de integridad ni al criterio de eficacia, principalmente, porque la empresa presentó un deficiente análisis de efectos debido que no incluyó, entre otros, antecedentes que permitan descartar o determinar los efectos negativos asociados al fenómeno mecánico vibraciones derivado principalmente del funcionamiento de las maquinarias involucradas en la actividad de procesamiento de áridos.

Por otro lado, el titular no realizó una descripción de los efectos negativos que pudieron ocurrir a consecuencia del aumento en la generación de emisiones atmosféricas.

En este mismo sentido, el titular en su análisis de modelación de calidad de aire, de febrero de 2023, no consideró los parámetros contaminantes y meteorológicos disponibles correspondientes al periodo infraccional (marzo 2021), sino que acotó su análisis sólo al periodo correspondiente al año 2018, es decir por un periodo anterior al hecho infraccional los que, además, obtuvo de una estación de monitoreo de calidad de aire que no era la más cercana a la unidad fiscalizable y, por lo tanto, no es la más representativa de las condiciones meteorológicas existentes en la ubicación del proyecto, circunstancia que impide poder validar dicha información.

De este modo, la Superintendencia del Medio Ambiente procede resolver el rechazo del programa de cumplimiento presentado por la empresa Constructora La Esperanza Limitada, y así, continuar con el presente procedimiento administrativo sancionatorio.