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Como "intromisión" califican declaración de Presidente Boric

ASOCIACIÓN DE FISCALES. Fiscal Marco Muñoz, de Puerto Montt, quien es miembro de la directiva, aseguró que " lo señalado por el mandatario afecta el debido equilibrio en el Estado de Derecho y de allí lo delicado de las expresiones". El vocero de la Corte de Apelaciones explica cómo funciona sistema penal.
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Marcelo Galindo

"Las expresiones de una autoridad pública deben ser prudentes y ponderadas, ya que de otro modo lo que se lesiona es la institucionalidad en un Estado de Derecho", partió diciendo el fiscal de Puerto Montt, Marco Muñoz, quien es director de la Asociación de Fiscales de Chile, en respuesta a las declaraciones formuladas por el Presidente Gabriel Boric al comienzo de este año.

Las palabras formuladas por el mandatario causaron malestar entre los fiscales, todo ello tras el indulto de 12 condenados por delitos cometidos en el estallido social (2019), entre los cuales se encuentra Felipe Santana, quien fue condenado por tres delitos, el más grave, incendio frustrado de la catedral de Puerto Montt con personas en su interior.

El punto álgido de la discusión es que de política se pasó a la materia penal, respecto a lo señalado por el Presidente tras indultar al ex frentista, Jorge Mateluna, condenado por los delitos de robo con intimidación, homicidio frustrado contra personal de Carabineros en servicio y porte y tenencia de armamento de guerra, porte de arma de fuego prohibida, porte ilegal de arma de fuego común y receptación, hechos ocurridos el 17 de junio de 2013, en una sucursal del Banco Santander ubicada en Pudahuel.

Preocupación

En dialogo con El Llanquihue, el fiscal Muñoz, quien investigó el caso de Felipe Santana condenado por delitos en el estallido social, afirmó que en el comunicado público "damos a entender nuestra preocupación, pero no cuestionamos el ejercicio y facultad (de entregar indultos) del Presidente", precisó.

-¿Qué opinión tiene la asociaciones de fiscales respecto de las declaraciones del Presidente. Cree que ponen en duda lo que se hace en el Poder Judicial?

-Eso es lo delicado de las expresiones del Presidente. Si bien él tiene atribuciones legales en materia de indultos, el cuestionar públicamente un fallo judicial firme y ejecutoriado, sosteniendo incluso una suerte de inocencia, deviene en un propósito de revivir procesos que están en la Constitución y las leyes, y por ello es una intromisión en otro poder del Estado, en su autonomía y en el principio de separación de los

La historia del indulto

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El ministro y vocero de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, Patricio Rondini, sostuvo que la Constitución, en su artículo 32, número 14, otorga al Presidente la posibilidad de dictar indultos particulares respecto de causas concluidas. Según Rondini el indulto extingue la responsabilidad penal y puede consistir en la remisión, conmutación o reducción de la pena, pero el indultado continua con el carácter de condenado para los efectos de la reincidencia. "Es una institución que de la colonia pasó a la república y donde la gracia del perdón, en términos de la ley 18.050, guarda relación con que la "gracia del indulto", que antes la tenía el monarca, ahora corresponde al Presidente. De modo que no es un cuestionamiento al Poder Judicial, sino que a la atribución del perdón que se otorga al mandatario, para que, de acuerdo a la Constitución y las leyes, evalúe en cada caso su procedencia o improcedencia".