Secciones

  • Portada
  • Actualidad
  • Opinión
  • Actualidad general
  • Deportes
  • Clasificados
  • Cartelera y Tv

Declaran culpable de delitos sexuales contra niñas a falso instructor militar

NUEVE VÍCTIMAS. Tras finalizar el juicio oral en Puerto Montt, el veredicto fue condenatorio y arriesga cadena perpetua. Fue acusado por ilícitos de violación, abuso sexual y estupro.
E-mail Compartir

Marcelo Galindo

Condenatorio fue el veredicto entregado ayer, a las 13 horas, en el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt, contra el falso instructor militar, por delitos sexuales cometidos contra niñas y adolescentes, arriesgando una pena de perpetua.

Víctor Antonio Gutiérrez Basualto (57 años) escuchó atentamente la lectura del veredicto, mientras que la sentencia quedó fijada para el viernes 22 de abril.

En sus últimas palabras, al ser cerrado el juicio oral, después de 27 días de debates y declaraciones, Víctor Gutiérrez agradeció la gestión realizada por su defensa encabezada por la defensora penal pública, Milena Galleguillos.

En total, fueron 10 las víctimas del falso instructor militar, cuya investigación data de 2018, una no llegó al juicio, por lo que se acreditaron delitos contra 9.

El Ministerio Público está solicitando una pena de perpetua simple, lo que significa que podrá pedir algún tipo de beneficio sólo una vez cumplido los 20 años de cárcel.

El juicio, en tanto, tuvo una extensión de 27 días. Comenzó el 7 de marzo y finalizó ayer, con la lectura del veredicto que fue condenatorio.

Agravantes

Marcelo Maldonado, fiscal jefe de Puerto Montt, fue quien llevó adelante el juicio y mostró su conformidad por el resultado de esta etapa.

Según Maldonado, este delito, que afectó a 9 niñas y adolescentes, fue imputado al acusado que fue objeto de condena "por diversas calificaciones de delitos sexuales, entre ellas violación de menor de 14 años (11 años) con circunstancias agravantes de ser la persona en su proceso de formación, violación de menor de edad, delito de estupro e ilícito de abuso sexual con circunstancias de estupro". El persecutor penal valoró el fallo y dijo que "la investigación fue llevada efectuada, en su momento, por la fiscal Ana María Agüero, quien reunió todos los medios de prueba que permitieron llevar esta causa a juicio y finalmente obtener este resultado".

Nunca más

De acuerdo al fiscal Maldonado, es importante hacer presente que el hecho que se solicite una pena de presidio perpetuo implica el poder contar con una herramienta para decir que "nunca más" ocurran este tipo de circunstancias y situaciones y se comprometa a los órganos del Estado, de educación y de justicia, a prevenir, por una parte, adecuadamente la comisión de estos delitos y así sancionarlos de manera oportuna.

Remarca que el fallo recoge "nuestras pretensiones y se hace una reparación en el aspecto de justicia para cada una de las víctimas".

La defensora penal pública, Milena Galleguillos, comenta que esperaran el fallo para ver si es posible impugnar, "pero hay que revisar, condenaron por 9 víctimas y absolvieron por una", indica.

Para Galleguillos, es importante revisar todo lo que es materia jurídica "por la falta de elementos probatorios, porque el tribunal condenó por las puras declaraciones de las víctimas. Ello hizo fuerza en que el veredicto fuera condenatorio", aseguró.

Insiste que, junto a su equipo de defensa y su representado, esperaran cómo se va a fundar el fallo y desde allí analizarán la posibilidad de un recurso de nulidad.

"No estamos conformes con la sentencia porque el tribunal se basó solamente en la declaración de las víctimas", remarca la abogada.

Fallo final

Oscar Montecinos, abogado querellante, puntualizó que durante el juicio se lograron acreditar los hechos que constituían abusos sexuales y violaciones, que afectaban a menores y mayores de 14 años, estupro y violación en carácter, grado y en calidad de autor.

"El tribunal tuvo en consideración todos y cada uno de los argumentos expuestos por las partes acusadoras estableciendo incluso la prisión preventiva hasta la fecha de comunicación del fallo final. Esto es el 22 de abril, a las 13 horas".

Mortecinos estaba conforme con el veredicto y añadió que con el trabajo realizado durante los últimos tres años "logramos acceder a la justicia para todas las víctimas menores de edad. Pero el principal logro obtenido es que nunca más, en nuestros colegios, se quiebre la esfera de seguridad para que un delincuente, uno de los más peligrosos de la Región de Los Lagos, abuse de nuestras niñas".

13 horas del viernes 22 de abril se ha considerado en el tribunal de Juicio Oral en lo Penal, la lectura de sentencia.

Joven pierde la vida mientras buceaba en el lago Llanquihue en Puerto Varas

PDI. Víctima tenía 25 años y estaba en una actividad recreacional junto a un amigo. El hecho ocurrió en la marina.
E-mail Compartir

Fue el personal de la Armada, el que encontró el cuerpo sin vida de un joven de 25 años en el Lago Llanquihue, específicamente en el sector Marina de la zona costera de Puerto Varas.

Según lo relatado por Enrique Zamora, subprefecto, jefe de la Brigada de Homicidios de la PDI de Puerto Montt, el deceso del joven estaría asociado a una asfixia por sumersión, información que deberá ser corroborada por el Servicio Médico Legal.

De acuerdo al subprefecto, Zamora la víctima habría estado en compañía de un amigo efectuando labores de buceo recreacional, (y) "en un momento determinado el amigo emergió en la superficie y se dio cuenta de que su compañero no había salido... y como ya no podía regresar porque estaban trabajando con equipo de oxigeno autónomo, tuvo que dar cuenta a la Armada", anotó.

Precisamente, el personal de la Armada, estuvo a cargo de realizar una inspección a 18 metros de profundidad aproximadamente, hallando el cuerpo sin vida del joven "el cual se encontraba enredado por diferentes elementos presentes en el fondo marino", expresó Zamora.

Luego de realizar el reconocimiento externo del cuerpo y de la inspección ocular de lo que se presentaba como sitio del suceso se determinó como "una causa probable de muerte la asfixia por sumersión, la cual debe ser corroborada por el Servicio Médico Legal, a través de la autopsia", contó el oficial de la PDI.

"En un momento determinado el amigo emergió en la superficie y se dio cuenta de que su compañero no había salido a la superficie"

Enrique Zamora, subprefecto de la PDI