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En Puerto Montt, Juzgado de Familia obliga a AFP a pagar 10% no retenido

TERCER RETIRO. Administradora de Fondos de Pensiones, pese a recibir medida cautelar del tribunal, no retuvo porcentaje de dinero para pagar pensión. Ahora tiene que cancelar subsidiariamente.
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Marcelo Galindo

El Juzgado de Familia de Puerto Montt ordenó a la AFP Capital a pagar, en forma subsidiaria, el 10% del tercer retiro debido a que la administradora, pese a la medida cautelar emanada por el tribunal, pagó el dinero al demandado, quien adeuda alrededor de 3 millones de pesos en pensión de alimentos.

La demanda contra el deudor de los alimentos fue interpuesta una vez que Carolina Henríquez no recibió el dinero.

El 5 de mayo de este año, el Juzgado de Familia de Puerto Montt instruyó a la AFP Capital retener el tercer retiro del 10% de los fondos previsionales, como medida cautelar que opera cada vez que se realiza la respectiva solicitud, cuando un afiliado mantiene deudas por concepto de pensión de alimentos.

El abogado representante de la afectada, Mauricio Uribe, explica que pese a ello la AFP, cinco días después, es decir el 10 de mayo, pagó de igual manera al afiliado a través de Banco Estado los fondos que, por resolución judicial, estaba obligada a retener.

Frente al incumplimiento, el 16 de agosto pasado la madre del alimentario afectado, a través de su abogado, solicitaron la intervención del Juzgado de Familia de Puerto Montt, el que favorablemente condenó a que se declare responsable solidaria a la AFP por el no pago de la deuda alimentaria, "al haber impedido o frustrado su cancelación con el fondo que debía resguardar, por lo que le ordenó, bajo apercibimiento de multa y arresto a su representante, pagar lo adeudado con fondos propios en un plazo de 10 días".

Obligación

Para la jueza de Familia Claudia Cárdenas -según sostiene en el fallo que redactó- hubo un evidente incumplimiento de la Administradora de Fondos de Pensiones a la orden emanada por el tribunal, debiendo haber retenido los fondos y asegurado el pago al alimentario "y no generar la imposibilidad del fiel y oportuno cumplimiento de la obligación alimenticia, siendo una infracción a los derechos del alimentario de la causa, quien ve limitada sus posibilidades de subsistencia".

De acuerdo al abogado Mauricio Uribe, tras el fallo se declara a la AFP solidariamente responsable del pago de la deuda que actualmente mantiene su afiliado.

Agrega Uribe que este caso marca un precedente importante en los tribunales de familia de nuestra jurisdicción. "Probablemente se trata de una falta de diligencia de las AFP, que se ha repetido constantemente y que ha afectado a muchos alimentarios, que no saben cómo exigir la reparación a este perjuicio", añade.

El 16 de junio de este año, el Juzgado de Familia de Paillaco adoptó similar resolución, también contra la AFP Capital, obligando a que la administradora pague el dinero que no retuvo.

Alegaciones

El 1 de septiembre de este año AFP Capital interpuso un incidente, solicitando se declare la nulidad de la resolución de fecha 16 de agosto de 2021, debido "a la falta de trámites esenciales en el procedimiento, que atentan contra las normas del debido proceso y que las alegaciones hechas por la contraparte se fundaban en hechos incompletos y erróneos", indica el escrito.

"Pese a lo anterior -anota el abogado Uribe- y oyendo la réplica de la AFP el 15 de septiembre reciente, el Juzgado de Familia dictó resolución confirmando la sanción para la AFP, por la omisión que afectó gravemente los derechos del alimentario de esta causa, ya que a pesar de haber recibido la cautelar antes del pago al afiliado, no dio cumplimiento a lo ordenado por el tribunal".

Dinero

Carolina Henríquez, beneficiada con la resolución del Tribunal de Familia, cuenta que se trata de alrededor de 3 millones de pesos en deuda de pensión de alimentos.

Agrega que la idea es recibir alrededor de un millón de pesos, para ayudar a su hijo.

"Era más de un millón de pesos lo que tiene que pagar la AFP y en total adeuda casi 3 millones de pesos. Estoy esperando desde diciembre que llegue ese dinero, y mientras tanto arreglándome como puedo", asegura.

El diputado (PL) Alejandro Bernales, dijo que se van a realizar dos modificaciones a la ley llamada "Papito Corazón" y una de ellas es evitar que las AFP vuelvan a cometer estas negligencias.

Según Bernales, la idea es contar con estas modificaciones antes que se apruebe el cuarto retiro del 10%.

"Las AFP que se equivoquen y entreguen la retención al demandado serán multadas y además se agregará que quienes adeuden pensiones alimenticias, no podrán postular a cargos de elección popular", dijo Bernales. Lo último por la deuda de más de $300 millones del candidato presidencial, Franco Parisi.

Donan implementos de aseo e higiene a mujeres privadas de libertad en la cárcel

ALTO BONITO. Autoridades entregaron productos cedidos por la Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones (CMPC).
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Con el objetivo de colaborar con artículos de cuidado íntimo de las mujeres privadas de libertad, que presentan mayores índices de vulnerabilidad y abandono, el seremi de Justicia y Derechos Humanos, Alex Meeder, y el director regional de Gendarmería, coronel Pedro Villarroel, entregaron implementos de aseo e higiene en las secciones femeninas de las cárceles de Osorno y Puerto Montt.

En total, fueron 72 las mujeres beneficiadas con los productos donados por la Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones (CMPC). Se trata de mascarillas, toallas higiénicas, jabón líquido, toallitas húmedas y alcohol gel.

El seremi de Justicia agradeció la colaboración de CMPC, "porque sabemos que las mujeres privadas de libertad tienen dificultades para acceder a este tipo de productos, ya que tienen costos elevados. Además, en este periodo de pandemia se han restringido las visitas, lo que significa que también han disminuido las encomiendas, que es el principal medio para que las mujeres se abastezcan de estos útiles de aseo", manifestó.

El coronel Pedro Villarroel, dijo que esta donación cubrirá la necesidad de dos meses.