Formulan cargos contra proyecto de parcelaciones de Alto Maullín
INMOBILIARIO. Superintendencia del Medio Ambiente estableció que no cuenta con Resolución de Calificación Ambiental y que incumplió orden de detener faenas.
Debido a que el proyecto no cuenta con la respectiva Resolución de Calificación Ambiental (RCA) y que se verificó el incumplimiento de una medida provisional que dispuso la detención de faenas, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló cargos contra la Inmobiliaria Alto Maullín SpA, que desarrolla un proyecto de parcelación, entre la Ruta 5 y el río Maullín, en la comuna de Llanquihue.
En la conclusión del informe, fechado el pasado viernes 9 de abril en Santiago y firmado por Catalina Uribarri, fiscal instructora del Departamento de Sanción y Cumplimiento SMA, se define que verificaron el incumplimiento en materia ambiental, ya que Alto Maullín SpA ejecuta "al margen del SEIA (Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental), un proyecto de loteo en un área colocada bajo protección oficial y en cuanto ha producido efectos en la vegetación por medio de corta no autorizada, además de exponer parte del suelo a procesos erosivos y por una fuerte pendiente".
El mismo documento clasifica como gravísima la infracción relacionada a la ejecución del proyecto al margen del SEIA, lo que considera la revocación de la resolución de calificación ambiental, clausura o multa de hasta diez mil unidades tributarias anuales (UTA).
En cuanto al segundo cargo, por no acatar la medida urgente de detención total de funcionamiento, decretada el 16 de febrero de 2021 por la SMA, también establece desde la revocación de la resolución de calificación ambiental, clausura o una multa de hasta cinco mil UTA.
Asimismo, determina que "el infractor tendrá un plazo de 10 días hábiles para presentar un programa de cumplimiento y de 15 días hábiles para formular sus descargos, ambos plazos contados desde la notificación del presente acto administrativo".
El proyecto denominado "Alto Maullín" consiste en un loteo de 87 parcelas, cada una con un mínimo de cinco mil metros cuadrados (m²), el que se desarrolla en una superficie total de 503.200 m².
Conformes, a medias
La determinación del organismo surgió tras la denuncia colectiva interpuesta por una veintena de organizaciones y medio centenar de actores locales vinculados al urbanismo, la ecología y el turismo, entre otras áreas.
Entre ellas figura el movimiento ciudadano Transforma Puerto Varas. Una de sus integrantes, la abogada Anaís Baraona, comentó que la resolución los deja "semiconformes".
Explicó que les satisface la calificación de infracción gravísima que recibió la elusión al SEIA; aunque, también esperaban que se formulara cargos con carácter gravísimo por daño ambiental.
Anticipó que estarán atentos a la presentación de descargos o del plan de cumplimiento por parte de la empresa, para definir los próximos pasos.
La abogada Baraona, una de las fundadoras del Observatorio de Derechos Humanos de la zona, calificó como "absurdo" que Alto Maullín niegue un daño ambiental o que no haya afectado al bosque nativo. "No veo mucha disposición ni humildad al reconocer el error", comentó, al mencionar que hubo una intervención de vegetación existente, especialmente árboles como lingüe, avellano, ulmo, canelo, ciruelillo, entre otras, con diámetros de 12 y 25 centímetros y de dos a diez metros de alto.
Esos antecedentes -aseveró- los informó Conaf en una denuncia por intervención y la eliminación no autorizada de vegetación, en una superficie total de 21.800 m² de corta, lo que representa una afectación y corta no permitida de más de dos hectáreas.
Sin permisos
Además, criticó que la inmobliaria haya comenzado con el movimiento de maquinarias sin contar con la ya mencionada RCA, además de los permisos de la Municipalidad de Llanquihue, planes de manejo forestal de Conaf y la aprobación del sistema de interconexión de caminos, que otorga la Dirección de Vialidad.
"Por eso la Superintendencia formula cargos por evasión o elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Es una infracción grave cuando un proyecto que debería haber ingresado a un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y que para ejecutarse debería haber tenido una Resolución de Calificación Ambiental (RCA), lo ejecutan sin someterse a ese procedimiento", especificó.
Esta intervención, añadió, considera un área de sitio prioritario para la conservación del río Maullín, cuyos humedales fueron declarados Santuario de la Naturaleza.
Tal preocupación fue avalada por el informe de formulación de cargos de la SMA, en el que se define que "el camino que se construye, con una longitud final aproximada de 1.200 metros, se encuentra emplazado dentro del Sitio Prioritario N° 035. Asimismo, el análisis concluye que parte del loteo se encuentra también dentro del mencionado sitio".
En análisis
Desde Alto Maullín se excusaron de pronunciarse, ya que al conocerse recién el viernes esta formulación de cargos, están en proceso de análisis de esos antecedentes.
En tanto que el alcalde de Llanquihue, Víctor Angulo, respondió que aún no tenía conocimiento de la resolución, la que esperaba conocer en detalle durante el día de hoy.
"Es una infracción grave cuando un proyecto que debería haber ingresado a un Estudio de Impacto Ambiental, lo ejecutan sin someterse a ese procedimiento"
Anaís Baraona,, abogada.
"Ha producido efectos en la vegetación por medio de corta no autorizada, además de exponer parte del suelo a procesos erosivos y por una fuerte pendiente"
Catalina Uribarri,, fiscal de la SMA.