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ofertas se arriendos se pueden encontrar en distintos lugares de la capital regional.
Gunckel explica, además, que con el paso de tiempo quedó en evidencia que la gran mayoría de los postulantes no contaba con algunos documentos que fueron requeridos en una primera instancia, como el Registro Social de Hogares, y que significó que algunas familias quedasen fuera de este proceso, a pesar de la necesidad que tenían de acceder al beneficio.
Debido a ello, precisa, y a la urgencia por acceder a estos recursos, es que se disminuyeron los requisitos. "Hoy día hay un acto de confianza enorme con esta necesidad -relata-. Si bien se cruza la información entregada, se les pide una declaración al arrendador y arrendatario aunque no sea ante notario, en caso que se hubiese perdido el contrato, por ejemplo. También se pueden utilizar las transferencias o los medios de pagos utilizados como información que permita justificar que tiene problemas para cancelar estos arriendos".
En cuanto a los montos asignados, el tope máximo de pago arriendo para acceder a este beneficio es de $600.000 mensuales.
Para estos casos, los solicitantes podrán optar a un apoyo máximo de $250.000, monto que reciben quienes cancelan por concepto de arriendo desde $350.000 y hasta los $600.000.
Si el pago es menor, entonces un 70% lo aporta el Estado, mientras que el 30% lo cubre el afectado.
"El máximo de ingreso familiar es hasta los $2.000.000, lo que significa que el Estado reconoce que estas personas, si bien no son vulnerablesl lo están pasando mal. Puede que hoy tengan su pyme parada o quizás tienen un restaurante o una peluquería que hoy día no pueden atender. Entonces hay un apoyo para estas familias que tuvieron un buen ingreso, pero que hoy claramente no lo tienen y necesitan ayuda, porque de lo contrario no podrán estar más en este lugar".
Y es que como dice Patricia Méndez, hay personas que se dedican a rubros que hoy están afectados y que, por lo mismo, debieron postular a los beneficios otorgados por el Estado con buenos resultados. "Son aceptados porque se tiene mayor seguridad cuando paga el Estado. Yo creo que hay que ser positivos y decirle a los arrendatarios que existe este subsidio y que lo pueden solicitar, ya que para un corredor de propiedades no hay nada más penoso que lo que ocurrió hace 10 años producto de la crisis del ISA, cuando veíamos que las casas eran embargadas y rematadas, lo que hoy sería en mucho menor escala porque se ha recibido una gran inyección de parte del Estado".
A propósito de disponibilidad, Gunckel explica que si bien un primer plazo para postular venció el 24 de agosto, éste se extendió hasta el 24 de septiembre. Reitera que no les solicitan ningún documento que para conseguirlo les obligue salir de sus casas, ya que todo el proceso lo pueden realizar vía online.
Cinco años
Uno de los temores de las autoridades es que producto de esta crisis y por no contar con una fuente de trabajo, algunas personas decidan dejar sus propiedades, ir a vivir en casas de familiares y arrendar sus inmuebles.
Esta alternativa les podría generar serias complicaciones, pues está prohibido para quienes recibieron su vivienda social hace menos de cinco años.
Así lo explican el diputado Fidel Espinoza (PS), integrante de la Comisión de Vivienda de la Cámara de Diputados; y el director regional del Servicio de Vivienda y Urbanización (Serviu), Fernando Gunckel, quienes advierten que la prohibición de arrendar estas propiedades rige por un período de cinco años, por lo que en caso de detectar un incumplimiento de este tipo, quienes lo estén realizando arriesgan perder sus propiedades.
De esta forma lo describen Espinoza y Gunckel, quienes además colocan el acento en el apoyo gubernamental que existe hacia las familias que se han visto perjudicadas por la pandemia, de manera de evitar que se pudiesen producir situaciones de esta naturaleza.
Si bien el diputado Espinoza reconoce que los efectos del coronavirus han sido devastadores para miles de hogares en el país, deja en claro que "no estamos dispuestos a flexibilizar aquella norma que establece que una persona no puede enajenar ni arrendar su propiedad durante los primeros cinco años, porque si una familia entrega su vivienda social, que le costó un mundo ahorrar para arrendar, les
"No estamos dispuestos a flexibilizar aquella norma que dice que una persona no puede enajenar ni