Eliminarán la preexistencia de enfermedades antes de nacer
ISAPRES. La normativa que circulará hoy contempla patologías y condiciones como síndrome de Down, cardiopatías congénitas y labio leporino, entre otras.
La superintendencia de Salud anunció ayer la eliminación de la preexistencia en isapres (Instituciones de Salud Previsional) de enfermedades o condiciones de salud desarrolladas antes del nacimiento como, por ejemplo, síndrome de Down, cardiopatías congénitas y labio leporino.
"Desde ahora en adelante ninguna isapre podrá exigir en la declaración de salud que una condición de la persona sea algo que obste a una cobertura o que simplemente no quieran afiliarlo", sostuvo el superintendente de Salud, Patricio Fernández al anunciar la eliminación de las preexistencias de enfermedades o condiciones desde antes del nacimiento en los planes de las isapres.
La disposición se refiere a enfermedades o condiciones de salud que hayan desarrollado los potenciales beneficiarios en el vientre materno, tales como síndrome de Down, cardiopatías congénitas, labio leporino, entre otras.
"Más que dar una buena noticia, lo que vinimos a hacer es a saldar una deuda, una deuda como sociedad, una deuda como Estado", sostuvo la autoridad, agregando que "desde ahora en adelante, ninguna Isapre podrá exigir en la declaración de salud, que una condición de la persona sea algo que obste a una cobertura o que simplemente no quieran afiliarlo. Eso es algo que lo vamos a fiscalizar fuertemente y creo que es una situación de tranquilidad para muchas familias que tienen que afrontar la discriminación respecto a sus hijos día a día".
El ministro de Salud, Enrique Paris, destacó además "que los niños del espectro autista van a entrar también en esta nueva normativa ¿por qué lo dijo? Porque es un grupo de familias muy activo, que siempre me escribe, que siempre está preocupado".
Down no es patología
La normativa se dio luego que la Corte Suprema acogiera un recurso de protección presentado por Fabián Aguirre, quien es padre de Tomás, un niño de cuatro años con síndrome de Down, en contra de Colmena Compañía de seguros de vida, y estableciera que la condición de síndrome de Down no es una patología.
Fernández señaló que "lo único que cabe es recoger esta jurisprudencia de la Corte Suprema, (...) ya hay fundamentos suficientemente potentes en ese fallo, que nos llevan a recoger esto y transformarlo en una regulación obligatoria para las Isapres".
La ministra vocera de Gobierno, Karla Rubilar, agregó que esto "es un triunfo de los papás y las mamás que han luchado por años por ir poniendo fin a las tremendas brechas en materia de igualdad, y a las tremendas deudas en materia de discriminación que todavía tiene este país".
"Fallo histórico"
La Corte Suprema determinó el miércoles pasado "el reembolso de los gastos (de salud de un niño de cuatro años...) sin considerar, a dichos efectos, su condición de persona con síndrome de Down como una enfermedad preexistente". La ministra vocera, Karla Rubilar, calificó el hecho como "un fallo histórico", donde se "hizo justicia porque Fabián y Gloria sufrieron una gran injusticia cuando su hijo, Tomás, fue discriminado de ingresar a una compañía de seguros. (...) Este fallo nos llena de esperanza de construir un país más inclusivo".