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Corte de Apelaciones verá admisibilidad de querella contra dueño de concesión minera

DEBATE. Por 2ª vez, el Juzgado de Garantía de Puerto Montt declaró inadmisible el requerimiento penal interpuesto por el empresario Claudio Fischer contra Manuel Ojeda.
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Marcelo Galindo Gallardo

Por segunda vez, el Juzgado de Garantía de Puerto Montt declaró inadmisible la querella que el empresario Claudio Fischer busca que se instale contra el mecánico Manuel Ojeda Asencio, por el presunto delito de alteración fraudulenta de precios y estafa.

La audiencia desarrollada en el tribunal de Garantía estuvo a cargo del magistrado Miguel Ángel García, quien el 12 de julio pasado ya había declarado inadmisible el requerimiento.

Tras una hora de debate, el juez García dijo que "no se vislumbra una vulneración de los activos del querellante, y escapa del arbitrio penal", rechazando la querella y declarándola inadmisible.

El 26 de julio, en la primera audiencia tras la exposición de los intervinientes, la magistrada Mónica Sierpe indicó que la admisibilidad o no, debía ser resuelta por quien declaró inadmisible el documento.

Los abogados de Fischer, Alejandro Laura y Sergio Coronado, solicitaron se provea la apelación subsidiaria a la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, tribunal que ahora tendrá que resolver la admisibilidad o inadmisibilidad de la querella.

En su resolución, el juez García explicó que el perjuicio (del querellante) no puede estar a especulación de la baja o el alza. "La empresa Rentas Inmobiliarias deberá soportar lo que ocurre (en el mercado inmobiliario), pero los relatos no satisfacen", apuntó.

Celo

El abogado Alejandro Laura, dijo no compartir la resolución del magistrado, porque el delito -para el profesional- es bastante claro.

Según Laura, se esparcieron rumores falsos en el sentido que se realizará actividad minera en el subsuelo de Puerto Montt, lo que se hizo incluso por la prensa, afectando el mercado inmobiliario.

Explicó que se trata un delito del artículo 285 del Código Penal.

"Entiendo que hay un exceso de celo del magistrado, que no es una crítica, porque está en su función y ahora sólo queda ir a la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, para que revoque esta resolución", manifestó.

Al profundizar en el tema, el abogado señaló que toda conducta que está descrita en un tipo penal se acerca al Derecho Penal, "y acá hay una conducta que está descrita en el artículo 285 del Código Penal que es lo que por medios fraudulentos alteren el precio de las cosas. El medio fraudulento es esparcir rumores falsos, como que se van a realizar actividades mineras en el subsuelo de Puerto Montt, y lo que se altera es el precio de los bienes raíces en Puerto Montt", expresó.

Castigar

En la audiencia quedó de manifiesto que uno de los problemas que ha tenido el empresario Claudio Fischer, dueño de la Sociedad Rentas Inmobiliarias Limitada, se refiere a la ejecución del proyecto inmobiliario que pretende llevar adelante en la esquina de calle Talca con Antonio Varas, donde funcionó el ex Hotel Colina, que en 2012 fue afectado por un incendio.

"Lo que se ha visto es que esto ha afectado el funcionamiento del mercado inmobiliario en Puerto Montt. Si hoy una persona o jubilado quiere vender un inmueble para un proyecto inmobiliario, el empresario no lo va a comprar o se lo va a castigar, porque va a incorporar en su costo el tener paralizada una obra por un mes, dos semanas, tres o cuatro, no lo sabemos; de manera que está afectada toda la comunidad de Puerto Montt. Es ciego creer que es sólo un empresario", argumentó el abogado Alejandro Laura.

Impedido

Antes de declarar inadmisible la querella, el juez Miguel Ángel García reconoció el aporte de los antecedentes entregados por los comparecientes. "Se ha ilustrado a este funcionario", expresó.

El abogado querellante Sergio Coronado dijo que la querella no puede acreditar el perjuicio, al cual se refirió el juez de garantía, porque eso es lo que tendría que investigar la Fiscalía de Puerto Montt.

"No es habitual y no es normal que a propósito del examen de la inadmisibilidad de una querella, un juez de garantía nos exija como querellantes que acreditemos el perjuicio. Esa situación requiere de un procesos de investigación, y esa indagatoria no la podemos hacer nosotros como querellantes. Para ello, está la Fiscalía y es justamente lo que pedimos al magistrado, que se nos dé la posibilidad como querellantes representantes de una víctima directamente afectada, que la Fiscalía investigue y luego de ello discutiremos si efectivamente está o no configurado el delito", dijo el abogado y ex fiscal.

Para Coronado, "el magistrado, en algo que nos llama mucho la atención, nos pide que acreditemos algo y ello no lo podemos hacer. Estamos impedido de aportar antecedentes a la querella, porque se transformaría en una especie de prejuicio o ante juicio, ello está prohibido", aseguró el profesional.

12 de julio el magistrado Miguel Ángel García declaró inadmisible la querella contra el mecánico.

285 es el artículo del Código Penal que argumentan los abogados querellantes en el requerimiento.

2012 es el año que el Hotel Colina resultó destruido por un incendio en pleno centro de Puerto Montt.

Incendio destruyó una casa y un negocio en Alerce y dejó 2 heridos

EMERGENCIA. Un bombero con trauma acústico y una mujer con asfixia por inhalación de monóxido de carbono es el saldo del siniestro ayer en la madrugada.
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El Departamento de Estudios Técnicos (DET) del Cuerpo de Bomberos de Puerto Montt, tiene a cargo la investigación del origen y la causa del incendio que ayer en la madrugada ocasionó cuantiosas pérdidas y daños en Alerce Sur.

La emergencia se registró alrededor de las 2 horas en la población Campos de Alerce, en la avenida O'Higgins esquina pasaje Lago Ranco.

Fueron cinco las compañías de Bomberos que debieron trabajar por más de una hora, para extinguir totalmente las llamas. Ello, debido a la gran cantidad de elementos inflamables que se guardaban en un local comercial.

Justamente, el siniestro afectó un negocio y una casa, desde donde los moradores alcanzaron a salir con vida.

Pese a ello, se informó de un voluntario con un trauma acústico debido a la explosión de un aerosol. El impacto lo recibió muy cerca, pero la lesión fue considerada de carácter leve.

Hubo una mujer residente del lugar afectada por la emergencia, que resultó con asfixia por inhalación de monóxido de carbono.

Fue atendida por paramédicos del Servicio de Atención Primaria de Urgencia (Sapu) del Cesfam de Alerce.

El inmueble, de dos pisos y alrededor de 150 metros cuadrados, tuvo daños estructurales de importancia.

Para los Bomberos, fue complejo el control, debido a que el foco de las llamas no era visible.

El capitán Juan Carlos Leyton, de la Tercera Compañía de Bomberos, dijo que al llegar la primera máquina se encontró con un local comercial en la parte baja de la vivienda, que se encontraba cerrada "y por lo cual se tuvo que hacer un ingreso forzoso al inmueble por la parte posterior, para evitar que el fuego se propague a las casas colindantes".

El oficial indicó que el fuego comenzó en el local comercial, pero como estaba cerrado era una fase interna, y sólo una vez que se pudo hacer ingreso se encontró el foco del fuego y se pudo combatir.

"El segundo piso de este inmueble estaba habitado, hubo una persona que resultó lesionada. El Departamento de Estudios Técnicos (DET) investiga el origen y la causa del siniestro", puntualizó.

2 horas aproximadamente, se declaró la alarma en población Campos de Alerce en Alerce Sur.

5 compañías de bomberos llegaron al lugar de la emergencia y evitaron la propagación de las llamas.