De la Prida: "Sería injusto cortar el hilo por lo más delgado"
EX INTENDENTE. El abogado analizó penalmente el futuro de la causa contra Essal, a propósito del extenso corte de agua.
El abogado Leonardo de la Prida no sólo es ex intendente de la Región de Los Lagos, sino que tiene además una vasta trayectoria como fiscal en la Región Metropolitana y, desde su experiencia, ha ocupado redes sociales para explicar a la comunidad osornina el escenario jurídico que podría enfrentar la Empresa de Servicios Sanitarios de Los Lagos S.A. (Essal), luego del derrame de petróleo en su planta de Caipulli, que no sólo contaminó el río Rahue, sino que además dejó a casi 200 mil personas sin agua potable por más de una semana.
Dijo que las posibilidades legales que existen hoy en día "son muy buenas", porque desde febrero de este año se puede perseguir la responsabilidad penal de la empresa y no solamente la responsabilidad penal del gerente, subgerente o de las personas que hayan tomado decisiones.
-¿Porqué considera que el escenario legal es propicio para sancionar a los responsables del derrame de petróleo en la planta de Essal y en el río Rahue?
-Hay una norma en el Código Penal, artículo 291, que señala incluso a quien contaminara fuentes de agua potable, pero el artículo no es claro si permite o no que sea realizado con culpa, porque generalmente los delitos tienen que ser realizados con intención, con dolo.
De la Prida aclaró, sin embargo, que el artículo 136 de la Ley 21.132, que ha sido modificado varias veces este último tiempo, se hace cargo específicamente de "una figura imprudente", es decir, hay que responder por la imprudencia con la que se comete el hecho y las penalidades llegan hasta las 10 mil Unidades Tributarias Mensuales (UTM) y para las personas también son altas.
Destacó, asimismo, que desde hace pocos años en Chile existe la Ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.
"Con esta ley se puede condenar a una sociedad anónima, por ejemplo, a pagar multas, pero incluso tiene la sanción y solución", detalló el abogado.
Dijo que esta ley establecía determinados delitos por los que se puede perseguir a las personas jurídicas: "pero a partir de febrero de este año se modificó ese artículo y la Ley 21.132 hace aplicable el artículo 136 de la Ley de Pesca y Acuicultura a las personas jurídicas, por lo cual debiera responder no sólo el gerente o jefe de operaciones, sino también la empresa, ya que el tema es ¿por qué hay solamente un señor a cargo de abrir esa llave? o ¿por qué hay petróleo cerca de la fuente de agua?".
-¿Qué le parece que la empresa no haya informado de manera inmediata el vertimiento de petróleo al río Rahue?
-Ahí sí que se pueden generar delitos o conductas bien complejas, tanto desde el punto de vista de la empresa, como de las personas que tomaron las decisiones. Es gravísimo, porque ahí ya sé que se está contaminando el río y no hago nada, o sea, estoy exponiendo a las personas que fueron a ocupar el río sin haber sido informados sobre el riesgo. Es otra fuente para actuar delictualmente.
Usuarios
-En cuanto a las compensaciones, además de las posibilidades que tienen los usuarios a través del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) y también las pequeñas y medianas empresas con el procedimiento voluntario colectivo, del que Essal aceptó ser parte esta semana, ¿qué otras vías existen para ello?
-Está la vía de acciones civiles y de indemnización de perjuicio producido por la falta del servicio asegurado con Essal. Uno tiene un contrato de suministro establecido que cuenta con una serie de seguridades y, por eso, uno puede operar como domicilio y como establecimiento comercial. Es un tema civil, aunque las empresas se pueden unir a través de demandas colectivas que, de alguna manera, se facilitan con la asesoría de un abogado o grupos de abogados.
¿Cree que es necesario establecer de forma precisa la responsabilidad de las personas que tomaron malas decisiones en Essal?
-Claro, y no son del pobre señor que cometió el error de dejar abierta la llave, eso sería tremendamente injusto, cortar el hilo por lo más delgado. No fue un 'error humano', el error fue definir que hubiera sólo un funcionario manipulando petróleo a metros del ingreso de agua que llega a toda la ciudad.