Arquitectos analizan proyecto para construir una pasarela peatonal sobre la calle Copiapó
CONEXIÓN AÉREA. Past president del Colegio de Arquitectos se refiere a su impacto. El líder de la Cámara de la Construcción apela a respetar la norma; directora de Obras reconoce error.
Efectos negativos sobre el espacio público y sus usuarios, advierte el past president del Colegio de Arquitectos de Chile, Delegación Llanquihue, ante la propuesta de construcción de una pasarela peatonal en altura, para unir por -calle Copiapó- el mall Paseo Costanera, con su ampliación.
Entre esos efectos, Izidor Carlos Mora hizo presente "la eventual pérdida del derecho a vista de los habitantes del entorno inmediato; el posible deterioro de la identidad urbana de la ciudad o la paulatina pérdida de valor del espacio público ubicado bajo la intervención. Todos aspectos determinantes de la calidad de vida y del valor agregado de una ciudad", estableció.
La construcción debe estar a 4,5 metros de altura y, de acuerdo al proyecto ingresado en agosto de 2017 a la Dirección de Obras Municipales (DOM), mide diez metros de ancho, por 25 de largo y 15 de alto.
Afectación
Desde el punto de vista arquitectónico y urbano, Mora evaluó el impacto de esa propuesta, considerando cuatro variables: ubicación, volumen, función y materialidad.
"A pesar de la aparente transparencia y liviandad visual del volumen, la incidencia de los rayos solares sobre su superficie vidriada hacen que en la práctica se trate de un volumen opaco, lo que se opone a la idea de realzar el borde costero, que ya se ve afectado negativamente por la sola presencia de dos gigantescos malls que el Grupo Pasmar ha construido en el anfiteatro de la ciudad", comentó Mora.
En cuanto a la ubicación, ancho y volumetría, el profesional advierte "un primer impacto negativo sobre el espacio urbano ubicado a nivel de la calle Copiapó: su orientación norte-sur permite pronosticar la producción de un 'efecto Venturi', con ráfagas de viento similares a las que se provocan al interior de calle Illapel, que atraviesa el mall Costanera".
Explica que la instalación de un puente de diez metros de ancho, "a poca altura de la calle, entre dos fachadas ciegas, en una ciudad lluviosa, significa además una cordial invitación a la consolidación de actividades nocturnas no deseadas, como dormitorios transitorios, servicios higiénicos y cobijo de actos delictuales de variada índole", sector sobre el que dijo que "ya ha demostrado tener esa vocación, aun sin puente peatonal y a pesar de la cercanía de la Prefectura de Carabineros". Mora reconoce que sólo la función de tránsito peatonal interior del puente peatonal aéreo se vería satisfecha por la propuesta de diseño. A partir de esto, agrega, "cabe preguntarse si la intervención se justifica, a pesar que la actual normativa urbana podría dar la razón a los promotores de la idea, a quienes para llevarlo a cabo sólo les faltaría obtener la concesión municipal que permita el uso del espacio aéreo de calle Copiapó".
Dijo confiar "por el bien de la ciudad y de sus habitantes", que la DOM cuente con el apoyo del Concejo: "Más allá de los aspectos puramente legales abordados a la fecha por el Seremi de la Vivienda y Urbanismo, se espera que al momento de votar, entre los ediles prime la defensa del bien común, el espíritu del Plan Regulador Comunal vigente y las bases científicas que orientan la práctica del urbanismo sustentable".
Que se respete la ley
Mientras que para Fernando González, presidente de la Delegación Puerto Montt de la Cámara Chilena de la Construcción (CChC), es una situación "que se reitera compleja en nuestro borde costero urbano, cuando los intereses de un desarrollador inmobiliario difieren de las interpretaciones a la ley vigente por parte de nuestra autoridad local, en cuanto a dirección de obras de edificación".
Recordó que es el municipio el que debe velar por hacer cumplir la Ley y la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), por lo que el constructor "tiene que realizar todas sus acciones apegado a las normativas que confluyen a este tipo de iniciativas".
Observó que en este caso, el cruce de un espacio aéreo para unir dos edificios de un mismo propietario, no debe ocupar más de un tercio del ancho del perfil. "Sobre ese lineamiento que está definido por ley, debiesen pronunciarse la Dirección de Obras Municipales, que entiendo está haciendo su trabajo, asimismo en la reunión del Concejo Municipal, para votar sobre una solicitud de concesión de espacio aéreo", adujo.
Como gremio -agregó González- "sostenemos que cada obra se debe ejecutar dentro de los márgenes que la ley establece. Esperamos que la resolución frente a este conflicto se ampare dentro dichos márgenes y prevalezca el buen convivir y el buen común".
En la justicia
Un reciente fallo de la Corte Suprema a favor de la Seremi de la Vivienda, dejó en evidencia esta tramitación, que comenzó el 18 de junio de 2017, cuando el Grupo Pasmar presentó una solicitud de permiso de construcción, que la Dirección de Obras Municipales rechazó el 3 de octubre de 2017.
Pasmar recurrió a la Seremi de la Vivienda, como ente jerárquico de la DOM, la que confirmó lo resuelto por ese organismo técnico y observó que la propuesta adolecía de un permiso o concesión municipal para uso de ese espacio aéreo.
Los abogados de Pasmar recurrieron a la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, que falló en su favor; ante lo que la Seremi de la Vivienda elevó el caso a la Suprema, que revocó la sentencia apelada y rechazó el recurso de protección contra esa Secretaría Ministerial.
Al mismo tiempo, dispuso que "el expediente administrativo originado por la solicitud de permiso de construcción del puente de conexión, deberá reingresarse y retrotraerse al estado de permitir al recurrente cumplir con la exigencia de gestionar la solicitud de concesión o permiso".
Admite un error
Al ser requerida Javiera Torres, directora de Obras Municipales, por no haber requerido la concesión o permiso municipal para utilizar ese espacio aéreo, admitió que "cometí un error y me lo hizo ver el Minvu en su momento, porque si bien se lo hicimos presente y lo tenían bien claro, no lo hicimos por escrito. Me equivoqué en no haberlo hecho".
La arquitecta comentó que Pasmar pudo haber incurrido en una desacertada interpretación, al contar con una servidumbre perpetua de ocupación del subsuelo y del espacio aéreo, otorgada en 2003 por EFE, a través de su Inmobiliaria Nueva Vía. "Pero esa servidumbre queda nula, por haber pasado (la calle Copiapó) a ser un bien nacional de uso público", especificó. Al hacer un parangón con la calle Illapel, que también tiene una pasarela de conexión, precisó que se trató de "un permiso muy mal otorgado. Primero, porque (Pasmar) lo hizo con esa misma servidumbre, sobre lo que la Corte Suprema ya se pronunció. Segundo, porque esa excepción es para circular y tiene un ancho máximo; pero sobre eso hay un edificio con tiendas. Hoy en día, la calle Illapel no cumple con nada".
Respecto de la posibilidad que se reponga la solicitud de permiso de construcción, contando con la concesión municipal, Torres anticipó que se opondrá, aunque reconoce que Pasmar tiene la opción de recurrir nuevamente a la Seremi de la Vivienda, donde estima que obtendrá la aprobación final. Pero, también advirtió que existe un antecedente que no ha sido discutido con amplitud y que instalaría una interrogante a esta ya polémica iniciativa. "Para este proyecto, ellos se acogieron a construcción aislada, que le obliga a tener antejardín. El Plan Regulador no permite que haya nada aéreo sobre el antejardín. Eso está dentro de las motivaciones del rechazo", expuso.