Pertenencia minera en Plaza
La comunidad puertomontina y, muy especialmente, las autoridades locales, se han visto sorprendidas por la pertenencia minera que afecta a la Plaza de Armas, sectores aledaños y el lugar donde se emplaza la pileta. Sobre el particular, es necesario considerar los siguientes hechos históricos:
1.- El sector Plaza de Armas y su borde costero, al momento de la fundación de Pto. Montt, era un desplayado conocido como La Vega; allí, el Agente de Colonización, Vicente Pérez Rosales, organizó una fiesta el 12 de febrero de 1853, dejando una detallada descripción del lugar.
2.- Dicho sector se mantuvo casi intacto hasta el año 1888 ,cuando fue inaugurado el muelle de Pasajeros y Embarque para lo cual fue necesario levantar un terraplén.
3.- Entre los años 1905 y 1910, se efectuó el primer relleno importante entre las calles Copiapó y Rancagua, para las obras del ferrocarril que contemplaba una estación ferroviaria con maestranza.
4.- En 1930, se efectúa un segundo relleno y se instala un tablestacado de fierro, haciendo retroceder la línea de costa, al tiempo que aumenta en altura el suelo urbano. Dichas obras fueron parte de un plan, que tuvo como eje articulador la construcción del puerto.
5.- En los inicios de 1970, se verificó un tercer relleno con el enrocado de la costanera, que conocemos hoy.
6.- En consecuencia, la pileta se encuentra sobre un relleno y no en el subsuelo del área céntrica. En estricto rigor jurídico, la pertenencia minera comenzaría bajo los rellenos urbanos y, por lo tanto, no afectaría al área de la Plaza y el lugar donde se encuentra instalada la pileta. Cabe señalar que los rellenos son obras de ingeniería y, por lo tanto, tienen la categoría de artificiales; es decir, no naturales. Al tiempo, que el subsuelo es eminentemente natural. Un peritaje geológico puede confirmar lo señalado. Además, para mayor abundancia, existen numerosas fotografías que confirman la evidencia histórica.
7.- Finalmente, sobre la base de argumentos históricos y jurídicos, los derechos de pertenencia minera impetrados por el propietario, se deshacen tan fácilmente como una neblina de verano sobre el seno de Reloncaví, dejando al descubierto la camandulería del reclamante.
CÉSAR A. SÁNCHEZ VERA.
Precisiones que hacer
A propósito de las pertenencias mineras constituidas por un vecino de nuestra ciudad, sobre 57 hectáreas que abarcan casi la totalidad del centro histórico, cabe hacer ciertas precisiones que me parecen importantes.
1) No es efectivo que se haya otorgado al titular de la concesión minera, un derecho sobre "el subsuelo". La concesión de explotación tiene por objetivo "las substancias o minerales" que puedan existir en una parte del territorio.
2) El derecho que se confiere, por su carácter particular y por sobre todo, por su interés público y función social, no es para "poseer" el subsuelo, sino que para extraer los minerales que ahí se encuentran.
En este sentido, nuestra Constitución Política, en su artículo 19, n°24, inciso noveno, prescribe: "La concesión minera obliga al dueño a desarrollar la actividad necesaria para satisfacer el interés público que justifica su otorgamiento". No se otorga esta concesión para "oponerse" a que los demás ejerzan sus derechos.
Se otorga para extraer minerales y generar beneficios a todo el país.
3) Los dueños de los predios superficiales, siguen siéndolo y mantienen intactas sus facultades para desarrollar en ellos toda y cualquier actividad económica lícita, como por ejemplo construir edificios y sus subterráneos, toda vez que dichas actividades no colisionan en forma alguna con los privilegios del empresario minero.
4) El concesionario, para ejercer su derecho, esto es, extraer los minerales que se encuentran en el subsuelo de la ciudad, debe someter su iniciativa al sistema de evaluación ambiental, y solamente podrá hacer efectiva esta facultad que se le ha otorgado, cuando asegure que no causará daño ambiental, dinamitando y demoliendo, el casco histórico de la ciudad, hecho que deberá ser acreditado mediante la respectiva Resolución de Calificación Ambiental favorable.
Dicho todo lo anterior, me parece que no estamos frente a un problema real, sino a una mera entelequia, mediante la cual se pretende obtener un provecho económico, ajeno a la naturaleza y fines de la concesión minera obtenida.
LORENZO MIRANDA MORALES. Abogado.
Parlamentarios
El número de parlamentarios y de sus asesores es cada vez más alto. A la gente le interesa bajar los gastos y usar en necesidades sociales esos recursos.
A nadie le importan las discusiones sobre tamaño de distritos. Reducir el número de parlamentarios y de asesores, es positivo.
Ayudaría también seguir el modelo chino de los años setenta y aplicar una política de "pariente único".
JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ VIDAL.