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Sujeto es detenido en el centro por grabar bajo falda de estudiante

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Se trata de un ex teniente segundo del Cuerpo de Bomberos de Castro, quien fue detenido por Carabineros en el centro de Puerto Montt, por grabar con su celular debajo de la falda de una estudiante.

Del hecho se dio cuenta la madre de la adolescente, quien se percató de la actitud del individuo, por lo que lo denunció por el delito de connotación sexual. El ex bombero fue sometido a la audiencia de control de la detención y fue formalizado por ultraje público a las buenas costumbres, quedando en libertad.


Abogada Teresa Mora asumió como integrante del Tribunal Electoral

Con dos nuevos integrantes cuenta desde la semana que pasó el Tribunal Electoral de la Región de Los Lagos.

Se trata de la ex ministra de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, Teresa Mora, quien juró como nueva integrante y el abogado de la capital regional Boris Navarro.

Fue el presidente del Tribunal Electoral Regional, Jorge Pizarro, quien tomó juramento a los dos profesionales, quienes asumieron el cargo en forma inmediata.

Teresa Mora es abogada de larga trayectoria.

Acusado por el crimen de Sophie es formalizado por el delito de amenazas

INCIDENTES. Intentó agredir a un funcionario de Gendarmería.
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Los hechos se suscitaron hace casi dos meses, pero recién ayer el único imputado por el crimen de Sophie ocurrido en enero de 2018, Francisco Ríos Ríos, fue formalizado por el delito de amenazas.

El suceso se registró el 9 de abril pasado mientras Ríos Ríos se encontraba en el hospital penitenciario en la cárcel de Alto Bonito, donde ha pasado casi el año y medio que lleva en prisión preventiva, tras ser formalizado por el delito de parricidio contra la menor de un año 11 meses.

Los antecedentes indican que el imputado insultó a un ciudadano haitiano que está recluido, refiriéndose de forma peyorativa a su color de piel.

Cuando el gendarme de guardia lo intentó calmar, este le arrojo un tazón con café y lo amenazó de muerte. Francisco Ríos fue reducido por el mismo gendarme.

Posteriormente, se realizó un allanamiento a la celda donde permanece el imputado y se le encontró un arma cortopunzante de fabricación artesanal.

El director regional de Gendarmería, coronel Sebastián Urra, dijo que, el 9 de abril, se produjo esta situación en el Complejo Penitenciario de Puerto Montt, donde el imputado intentó agredir físicamente y amenazó de muerte a un funcionario de la institución.

"Tuvo una actitud discriminatoria con un interno de nacionalidad haitiana. Por ese motivo, Gendarmería dio cuenta de los hechos y remitió todos los antecedentes del caso a la Fiscalía", relató el funcionario.

Francisco Ríos volverá al Juzgado de Garantía el próximo 11 de junio, para la audiencia de preparación de juicio oral por el parricidio de su hija Sophie, que falleció el 25 de enero de 2018.

Decretan prisión para asaltante de servicentros

FORMALIZACIÓN. Investigación fue llevada adelante por Carabineros y Sacfi de la Fiscalía Regional.
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La Unidad de Análisis Criminal (Sacfi) de la Fiscalía Regional encabezó las diligencias que permitieron aclarar el asalto a varios servicentros ocurridos durante noviembre del año pasado en el sector alto de Puerto Montt.

Son tres los robos con intimidación que le imputaron a Pablo Eduardo Toledo Aburto (46 años), quien fue aprehendido en Villa Artesanía por carabineros de la Sección de Investigación Policial (SIP) de la Quinta Comisaría, quienes llevaron adelante la indagatoria.

Tras la formulación de cargos en la audiencia en el Juzgado de Garantía, se decretó la prisión preventiva para el imputado y un plazo de cierre de la investigación de 70 días.

Los asaltos a servicentros se habían constituido en "un fenómeno reiterativo el año 2018 en Puerto Montt", explicó el fiscal de Sacfi, Fabián Fernández, por lo que se decidió "abandonar la lógica del caso a caso y llevarlo a una investigación más completa, más compleja y con altos estándares".

De este modo, se pudo observar similitudes entre casos, porque "el imputado tenía un modo de comisión particular del hecho delictivo, que era el empleo de un arma en los tres hechos, presumiblemente de fuego, con la cual intimidaba a los bomberos o a los dependientes del local, exigiendo la entrega de dinero. También ocupaba una cierta vestimenta en la comisión de los mismos, la cual se vio refrendada con la entrada y registro que materializamos, donde se encontraron vestimentas y elementos utilizados en la comisión de los delitos, que eran coincidentes con los encontrados en el domicilio del imputado", manifestó.

De acuerdo al persecutor, con la SIP se logró dar con el paradero del imputado a través de diversas diligencias investigativas, como el análisis de cámaras de los servicentros respectivos, reconocimientos fotográficos por las víctimas, vías de desplazamiento por parte del encartado y la individualización del vehículo que habría ocupado durante uno de los hechos. "Fue formalizado y respecto de éste se solicitó la medida cautelar más gravosa, que es la prisión preventiva, accediendo el tribunal a ello, entendiendo que la libertad del imputado constituía un peligro para la seguridad de la sociedad", reiteró.

Ex fiscales: imputación por baleo debe ser por homicidio frustrado

PATAGONIA COLLEGE. De la Prida y Tejos coinciden que formalización de cargos por el delito de "homicidio tentado" no se ajusta a los hechos ocurridos el lunes.
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Marcelo Galindo Gallardo

Para los ex fiscales Leonardo de la Prida y Rodrigo Tejos, la imputación por el caso del joven baleado por un compañero de curso en el Patagonia College, debería haber sido por homicidio frustrado y no tentado, debido a que existió "la acción directa de mata". El hecho que impactó a la comunidad local y nacional, se registró el lunes pasado, cuando un adolescente de 14 años llegó armado a la sala de primero medio, donde jaló tres veces el gatillo, saliendo una bala desde el revólver calibre .32. El fiscal jefe Marcello Sambuceti formalizó cargos por homicidio tentado y tenencia de arma de fuego.

De acuerdo al ex fiscal Leonardo de la Prida, de esta acción -ataque con arma de fuego- se desprende una serie de consecuencias, toda vez que al ser homicidio tentado tiene una menor penalidad "que podría hacer imposible incluso en caso de ser condenado por ese delito tuviera una privación efectiva o parcial de libertad, como es el régimen cerrado o semicerrado y sólo podría optar a medidas como servicios comunitarios", explicó.

De acuerdo al ex intendente, es particularmente complejo que el Ministerio Público, que es el órgano persecutor, haya formalizado por delito tentado, "cuando aquí es evidente que la acción es dirigida contra el cuerpo del afectado y se dispara entre la cara y el pecho, que resulta en el cuello, y que afortunadamente no haya resultado una lesión a la arteria que le hubiese provocado la muerte", anotó. Según de la Prida, es imposible señalar que el imputado no realizó todos los hechos necesarios para terminar con la vida de su compañero, "porque el delito tentado es cuando no se han realizado todas las acciones, y aquí se realizaron todas y no se ha verificado la muerte por un hecho fortuito que la bala se alojó en una parte distinta", aseguró.

Conducta

El ex fiscal Rodrigo Tejos fue coincidente en el sentido que la imputación debería haber sido por homicidio frustrado y no en calidad de tentado.

De acuerdo a Tejos, en el delito frustrado, el sujeto realiza todas las acciones aptas para conseguir el resultado querido, "pero éste no se verifica por circunstancias ajenas a la voluntad del actor".

Según el abogado, lo primero que hay que revisar en cualquier delito es qué conducta desplegó el sujeto y qué intención tuvo al realizarlo.

"En este sentido, lo que aparecido en prensa es que el menor se hizo de un arma de fuego apta para provocar la muerte, se dirigió a un lugar que él había elegido con antelación, dirigió el arma e intentó percutarla hasta que hizo un disparo en contra de otro compañero en la zona superior del cuerpo, es decir cuello y cabeza, una zona vital, y todo indica que el arma elegida, la acción de percutar y la zona elegida para el disparo hablan de una intencionalidad homicida", enfatiza.

Para el ex persecutor, hubo acción homicida en calidad de frustrado. "Según el artículo 7 del Código Penal, inciso segundo, esto claramente sería un homicidio frustrado y no tentado, porque para que fuese tentado tendría que faltarle acciones a realizar al sujeto y en este caso él las realizó todas", precisa el profesional.