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Con su publicación en el Diario Oficial el pasado jueves 31 de enero, entró en vigencia la Ley de Modernización del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca), norma clave en el combate contra la pesca ilegal.

El cuerpo legal fue aprobada con un apoyo transversal en ambas cámaras, y tiene como finalidad fortalecer las facultades y herramientas de la entidad fiscalizadora para el control y combate de la pesca ilegal, estableciendo nuevas obligaciones para los agentes pesqueros, así como nuevas figuras infraccionales para sancionar conductas que atenten contra la sustentabilidad de los recursos pesqueros del país, especialmente en las denominadas "etapas de post captura": procesamiento, elaboración, almacenamiento y comercialización.

Asimismo, la nueva ley establece una mayor proporcionalidad de las infracciones y mejora los parámetros con que se calculan las multas para la pesca artesanal, bajando los montos y estableciendo penas alternativas como la mera amonestación, el trabajo comunitario y la reclusión nocturna, eliminando definitivamente la reclusión total.

"Esta es una muy buena noticia para Chile. La entrada en vigencia de esta ley permitirá que los funcionarios del Servicio desarrollen sus tareas de mejor forma, pero, además, propiciará un avance sustancial en el combate contra la pesca ilegal", destacó el subsecretario de Pesca y Acuicultura, Eduardo Riquelme.

Junto con valorar la norma en su conjunto, la directora nacional de Sernapesca, Alicia Gallardo, resaltó uno de sus aspectos específicos: el establecimiento de una asignación para el personal del organismo. "Esto representa un reconocimiento a la valiosa labor que cumplen nuestros funcionarios a lo largo de todo Chile, y que se suma a la posibilidad de incrementar significativamente nuestra dotación con 253 nuevos funcionarios, los que tendrán como única misión velar por la protección y la sustentabilidad de las actividades de la pesca y la acuicultura en nuestro país", detalló.

Uno de los propósitos de la nueva ley es mejorar la proporcionalidad de las infracciones y multas para quienes incurren en actividades de pesca ilegal, de modo de sancionar equilibradamente a aquellos que intervienen en esa cadena.

Bajo esa lógica, por ejemplo, el juez ahora podrá aquilatar la capacidad económica del infractor, así como el beneficio percibido a través de la conducta ilícita, cuando resuelva el castigo.

En el mismo plano, se considera la posibilidad de que el sancionado pueda pagar en cuotas la multa que se le imponga o que preste servicios comunitarios, en vez de responder pecuniariamente.

En ese contexto, se estatuye la "falta de acreditación de origen legal en pesquerías colapsadas y sobreexplotadas", de manera de sancionar con mayor fuerza a quienes extraen recursos amenazados.

Se perfecciona también la figura del delito de extracción ilegal de recursos desde áreas de manejo, acción que perjudica fuertemente a pescadores artesanales, a veces muy modestos, y que ahora será castigado enérgicamente.