Excepciones

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exceptuados de esta disposición trabajadores de restaurantes, establecimientos de entretenimientos, locales comerciales en los aeródromos y aeropuertos y casinos de juego. Tampoco se aplica a los trabajadores de expendio de combustibles, farmacias de urgencia y de turno. Las tiendas de bencinas, así como los negocios que sean atendidos por sus propio dueño o por un familiar directo.