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Condenan a asaltante que utilizó arma de fuego disparando en una ocasión

SUPERMERCADO. Ilícito fue perpetrado el 26 de abril de este año en el local Cugat en el sector alto de Puerto Montt. ALERCE. Atacó a su ex pareja con un arma cortopunzante el año pasado.
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Intentó sustraer dos botellas de licor desde el supermercado Cugat sin cancelar el valor del producto, y al momento de ser interceptado por los guardias de seguridad utilizó un arma de fuego que llevaba, incluso disparando en una oportunidad, lo que causó temor.

Se trata de Álvaro Jesús Garcés Huenante, quien tras finalizar el juicio oral, fue encontrado culpable y sentenciado a cumplir una pena de cinco años y un día en el penal de Alto Bonito, por el delito de robo con intimidación.

En fallo unánime, el tribunal, integrado por los jueces Patricia Miranda (presidenta), Patricio Carrasco (redactor) y Felipe Fica, aplicó además a Garcés Huenante las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado, para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El hecho ocurrió a las 9 horas del 26 de abril de este año en el supermercado emplazado en la esquina de las calles Castro con Sargento Silva en la parte alta de Puerto Montt.

Antes de huir y con el objetivo de evitar ser retenido por los guardias de seguridad, el acusado disparó una vez con un revólver.


Cinco años para acusado de femicidio frustrado

Cinco años y un día es la pena dictaminada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Puerto Montt contra Raúl Hernán Farías Soto, por el delito de femicidio en calidad de frustrado en un hecho ocurrido en septiembre del año pasado.

Tras el juicio oral y en fallo unánime, el tribunal integrado por los jueces Felipe Fica (presidente), Rosario Cárdenas (redactora) y Patricio Carrasco- aplicó, además, a Farías Soto las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; y las accesorias especiales por el término de dos años, de prohibición de acercarse a la víctima, o a su domicilio, lugar de trabajo o estudio; la prohibición de porte y tenencia de armas de fuego y la asistencia obligatoria a programa terapéutico o de orientación familiar.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la madrugada del 28 de septiembre de 2017, "en circunstancias que la víctima, se encontraba en compañía de dos amigos compartiendo bebidas alcohólicas en el domicilio ubicado en Calle María Liesel Reuter Mauret en población Navegando el Futuro III de Alerce Sur, concurrió hasta dicho lugar su cónyuge, Raúl Hernán Farías Soto, quien ingresó a la vivienda y con ánimo de matar a la víctima, se abalanzó sobre ella premunido en una de sus manos de un arma blanca, con la que propinó a Hernández Vivar una estocada en el abdomen, para posteriormente darse a la fuga".

Culpan de parricidio a sujeto que mató a su madre en Alerce

JUICIO ORAL. Se trata de un requerimiento por medida de seguridad contra el acusado, que es un paciente psiquiátrico y por lo cual fue declarado inimputable.
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Marcelo Galindo Gallardo

Culpable por el delito de parricidio, fue encontrado Elías Enrique Uribe Cárdenas (33 años), tras llegar a su fin el juicio oral llevado adelante durante la jornada de ayer en Puerto Montt.

Elías Uribe fue declarado inimputable en este caso, por lo que tuvo que enfrentar un requerimiento de medida de seguridad en el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP).

"Este es un juicio por un requerimiento de medida de seguridad, no se busca sancionar a una persona penalmente por un delito, él es una persona que se encuentra en condición de inimputable, así ha sido dictado por médicos psiquiatras del Servicio Médico Legal (SML) y en este momento se busca que se aplique una medida como es la internación en un psiquiátrico del país por un período equivalente a lo que una persona imputable pudo haber sido privado de libertad", manifestó el fiscal Patricio Llancamán, quien llevó adelante la causa.

La jornada de juicio oral se levó adelante ayer y en la tarde ya estaba el veredicto.

De acuerdo al persecutor, la sanción para el parricidio oscila entre una pena de 15 años y un día al presidio perpetuo, "en este caso en particular hemos requerido presidio perpetuo simple en el marco de una medida de seguridad en un psiquiátrico", anotó Llancamán.

Casos

La abogada Carol Munzenmayer, defensora de Uribe Cárdenas explicó que el juicio tiene por objetivo aplicar una medida de seguridad, porque la persona padece de enfermedades psiquiátricas y además presenta un daño orgánico.

Pese a ello, señaló que "igual que en todo juicio hay que acreditar que la persona participó en este delito y lo que se busca finalmente es determinar una medida adecuada en razón de su calidad de enfermo mental", relató.

La defensora señaló que las posibilidades son una internación en un centro asistencial de la especialidad o en algunos otros casos algún cuidado bajo el control de la familia. "No se dan tan seguidos estos casos, pero lo que pasa es que no siempre se determina una inimputabilidad total", acotó.

La lectura de la medida de seguridad y el plazo que deberá pasar interno el acusado, se dará a conocer en el TOP el lunes 24 de diciembre a las 11.30 horas.

El hecho ocurrido el 24 de junio de 2017 en el sector de Alerce Sur, fue investigado por Carabineros del OS 9 y los peritajes científicos estuvieron a cargo de funcionarios especializados del Laboratorio de Criminalística (Labocar).

El fiscal Patricio Llancamán explicó que se está solicitando una pena similar al presidio perpetuo simple, lo que significan 20 años de internación.

El acusado, cuando fue detenido, señaló a Carabineros que no pudo controlar su rabia.