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A sanción de 541 días condenaron a empresario por el delito de usura

"LEÓN DE ORO DE CHILOÉ". Alberto Velásquez cumplirá la pena con remisión condicional. La sentencia es considerada como inédita por la Fiscalía.
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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Puerto Montt condenó a una pena de 541 días a Alberto Segundo Velásquez Triviño, por el delito de usura, sentencia considera como inédita por el Ministerio Público.

Las personas imposibilitadas de tener acceso a los medios formales para obtener préstamos, son las víctimas de este caso.

De acuerdo a lo señalado por el fiscal Níder Orrego, "se trata de la primera condena que hay en Puerto Montt respecto del delito de usura y, en este caso, de usura reiterada. Nuestro interés en este tipo de delitos, principalmente, son las víctimas que resultan afectadas, ya que éstas son personas vulnerables que no teniendo acceso a los medios formales para obtener dinero, deben recurrir a estas instancias", las cuales si bien les prestan dinero, "les cobran intereses superiores al máximo que establece la ley".

Acotó el persecutor que "es la postura de la Fiscalía Regional, perseguir no sólo los delitos en que hay involucrada la vida o las lesiones, sino que también este tipo de delitos de materia económica que afectan igualmente a las personas y a víctimas vulnerables".

Alberto Velásquez es el dueño de la Sociedad Latinoamericana de Comercio, y se investiga otra causa en su contra, donde serían siete las personas afectadas.

Ricardo Oliva, abogado defensor del acusado, dijo que no es una pena efectiva, sino que con remisión condicional, es decir que estará libre y con firma cada cierto tiempo.

"Se estudiará el fallo y se tomará una decisión, respecto a las líneas a seguir", remarco.

Por violencia innecesaria, carabinero arriesga pena de 10 años tras muerte de una persona

CALBUCO. Fiscal jefe confirmó que el 5 de septiembre será audiencia de preparación de juicio oral. En el caso ocurrido en julio de 2017, otro carabinero está imputado por obstrucción a la justicia. Instituto de Derechos Humanos es querellante.
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Marcelo Galindo Gallardo

Para el miércoles 5 de septiembre, en el Juzgado de Garantía de Calbuco, se fijó la audiencia de preparación de juicio oral contra dos carabineros que tendrían responsabilidad en la muerte de una persona en un hecho ocurrido el 2 de julio de 2017 en horas de la noche.

Varios habrían sido los testigos que se percataron del "empujón" que un funcionario de carabineros habría dado a una persona que era fiscalizada en la avenida Brasil, cayendo desde una altura considerable hacia la playa y golpeándose la cabeza en una rampa de concreto.

Jorge González estuvo varios días internado en estado grave en la Unidad de Cuidados Intensivos UCI del Hospital Puerto Montt y falleció el 8 de julio de 2017.

La investigación fue abordada por el fiscal jefe de Calbuco, Marcelo Maldonado, quien confirmó que ya se presentó una acusación contra los dos funcionarios policiales, quienes están con medidas cautelares y arresto domiciliario.

Carabineros, pese a las consultas de El Llanquihue sobre el caso, no se refirió a este proceso que involucra a dos funcionarios de la institución.

Funciones

De acuerdo a Marcelo Maldonado, se formuló acusación y habrá audiencia de preparación de juicio oral el 5 de septiembre y en esa ocasión se va a determinar cuál es la prueba que será llevada al juicio respectivo y en esa instancia se evaluarán las circunstancias de las penas solicitadas en la instancia, y que es de 10 años para quien está directamente involucrado en el fallecimiento de Jorge González.

"La acusación se funda que uno de ellos participa directamente en el hecho ilícito conforme a la declaración de al menos cinco personas que estaban en el lugar que dan cuenta que existe un contacto físico, que no corresponde a un contacto propio del desempeño de las funciones y nosotros damos cuenta de una violencia innecesaria con el resultado final de la muerte días después en el Hospital de Puerto Montt", dijo.

Para el persecutor, el funcionario que estaba a cargo de ese procedimiento es el otro imputado. Pese a que las personas que se encontraban en el lugar, le dijeron que había una participación (en el incidente) del otro funcionario de Carabineros -que estaba bajo su cargo durante el procedimiento-, "da cuenta a través de un parte policial al día siguiente en la mañana y no llama al fiscal de turno por la vía expedita, que había ocurrido una caída casual, no obstante que a él le constaba que había personas que estaban dando a conocer una información distinta de una caída casual. Ello fue omitido en el parte policial, por lo que la Fiscalía entiende que se configura un delito de obstrucción a la investigación y por otra parte ello está relacionado con infracción a normas del Código de Justicia Militar", adujo el fiscal.

Maldonado indicó que la acusación presentada es por el delito de violencia innecesaria con resultado de muerte y por ello se solicitó una pena de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo y respecto al segundo carabinero imputado, la pena planteada es de 818 días por el delito de obstrucción a la investigación.

El fiscal aclaró que no hubo una resistencia pasiva de la víctima al control de Carabineros.

Los querellantes

El Instituto de Derechos Humanos (Indh) es la parte querellante del caso. Mauricio Malla, director regional, señaló que el Indh tiene legitimación activa para presentar acciones judiciales en este tipo de casos "y aquí está configurado el delito de violencia innecesaria con resultado de muerte. La idea es colaborar en forma importante con las diligencias y acusación de la Fiscalía".