Acusan violación de garantías y derechos humanos en el allanamiento a la celda de Jaime Anguita
COMPETENCIA. Ex abogado del viudo de Viviana Haeger, Jorge Vásquez, dijo que el procedimiento es grave y que incluso amerita un recurso de queja contra la magistrada.
Como "curioso", calificó el abogado Jorge Vásquez, ex defensor de Jaime Anguita, el allanamiento llevado a efecto por la Brigada de Homicidios de la PDI de Osorno en la celda del ingeniero, recluido en el penal de Alto Bonito desde el 8 de diciembre del 2015.
Anguita está en prisión preventiva imputado y formalizado por parricidio en la muerte de su esposa Viviana Haeger. En el mismo caso también cumple prisión preventiva José Pérez, imputado por homicidio calificado.
Para el ex abogado del ingeniero, Jorge Vásquez, la diligencia es rara y con sospechas de vicios de legalidad e incluso de vicios constitucionales.
"Para que ello se hubiese podido concretar, estamos hablando que don Jaime Anguita habría cometido un nuevo delito en la cárcel, y ese nuevo delito curiosamente no lo habrían reportado sus custodios, Gendarmería, y lo habrían sabido casi por forma satelital la Policía de Investigaciones o el fiscal Nain Lamas; pero pasa lo siguiente: Jaime Anguita se encuentra sujeto a vigilancia las 24 horas, es lo que tenemos entendido, y si sigue sujeto a esa vigilancia la posibilidad de cometer un nuevo delito, resulta una complicación, y si se cometió ese nuevo delito, tendrían que haberse proporcionado esos antecedentes al Ministerio Público y al Tribunal de Garantía, para que se realizara la audiencia respectiva respecto a esa figura por la cual se investigaría de nuevo", comentó.
De acuerdo al abogado y los antecedentes que se han ventilado públicamente, se estaría frente a una vulneración de garantías que consagra la Constitución Política del Estado, "a pesar de la ignorancia de algunos colegas lo consagra la Convención Americana de derechos Humanos", aseguró.
-En el allanamiento se llevaron los apuntes del señor Anguita. ¿Cuál es su opinión?
-La Constitución Política de la República en su artículo quinto hace extensivo los tratados ratificados por Chile sobre Derechos Humanos aplicable a su legislación. Qué violaciones tendríamos en este caso. La referida a los dispuesto en el artículo 8.2 letra C y D y del artículo 11 y 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Esto es grave, porque si se permite en el país que a una persona privada de libertad por un delito específico se le quite hasta el derecho a pensar y escribir sus pensamientos, entonces de qué la estamos privando, porque la Ley garantiza que puedan privarla de la libertad de desplazamiento y movimiento cuando se le deja en un recinto penitenciario. Junto con la privación de la libertad de circulación se prohibe la libertad de comunicarse con terceros, pero no de expropiarle sus pensamientos, no es un ataque a la libertad de conciencia, a la de pensamiento y expresión de esa persona.
-¿Qué se puede hacer, entonces, junto con pedir cautelar las garantías del imputado?
-La actual defensa de Jaime Anguita tiene que ser muy fuerte, porque no basta con una cautela de garantía, claro está bien, pero aquí son acciones mayores. Procedería desde mi punto de vista una queja contra la jueza Paulina Tapia, porque en Chile la jueza y el señor fiscal son funcionarios públicos, y tienen que actuar dentro de su competencia y en la forma que prescribe la ley, y no porque se me ocurra a mí, sino porque el artículo Séptimo de la Constitución indica que los órganos del Estado actúan dentro de su competencia y de la forma que indica la ley.