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Aprueban restablecer la colusión en Código Penal

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La Comisión de Economía de la Cámara de Diputados aprobó el martes la indicación que repone el delito de colusión en el Código Penal, que fue derogado en 2003, y que contempla prisión desde 5 años y 1 día a 10 años. Además de esta pena, quienes se involucren en la colusión serán sancionados con inhabilitación absoluta por 5 años para desempeñar cargos u oficios públicos, cargos de director o gerente en empresas del Estado, cargos de director o gerente en sociedades anónimas abiertas o cualquier cargo directivo en asociaciones o colegios profesionales.

En la sesión también se aprobó la indicación que busca fortalecer el mecanismo de la delación compensada, estableciendo la "exención de responsabilidad criminal" al primer delator que aporte información a la Fiscalía Nacional Económica (FNE).

La Comisión de Economía despachará el proyecto el martes 1 de septiembre, y quedará en condiciones de ser votado en la Sala.

"Quienes atenten contra la libre competencia deben exponerse a sanciones ejemplificadoras, que signifiquen asumir un castigo real para los infractores. Una vez que nuestro Congreso apruebe la iniciativa, Chile contará con una ley apta para disuadir y sancionar como corresponde la conducta que más daño le causa a la economía de mercado", dijo el ministro de Economía, Luis Céspedes.

nueva normativa

El diputado José Manuel Edwards (RN), miembro de la Comisión de Economía de la Cámara Baja, afirmó que "nos parece razonable que existan penas de cárcel para carteles duros, porque las multas son traspasables a los accionistas y a los consumidores".

Sin embargo, explicó que existen diferencias entre la Nueva Mayoría y la oposición en torno a la delación compensada, pues "nosotros estamos porque el segundo delator tenga una rebaja de un grado a su pena", mientras la Nueva Mayoría apunta a la exención de responsabilidad para el primer delator.

La sanción a la colusión como figura se eliminó en la administración del ex Presidente Ricardo Lagos, luego de la creación del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC). Pese a ello, se mantuvo en el Código Penal el artículo 285 bajo el cual se sanciona la "alteración fraudulenta de precios".

Hernán Calderón, presidente de la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (Conadecus), se mostró de acuerdo con la normativa, aunque advirtió de aspectos regresivos en parte del proyecto. "Estamos absolutamente de acuerdo que se considere delito, como hasta 2003. Pero nunca se aplicó. Esto resulta más inhibitorio para una empresa que pagar una multa", agregó el directivo de Conadecus.

El dólar gana $ 3,5, termina en $ 697 y vuelve a rondar la barrera de los $ 700

mercado. La divisa estadounidense revirtió un comienzo a la baja y mantuvo su tendencia a la apreciación.
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El dólar profundizó su tendencia de las últimas jornadas y anotó nuevamente una importante alza, quedando muy cerca de la denominada "barrera sicológica" de los $ 700, al cerrar ayer con una ganancia de $ 3,5 en el mercado cambiario.

La divisa estadounidense revirtió un negativo inicio por toma de ganancias y terminó en puntas de $ 697,60 vendedor y $ 697,10 comprador.

Lo anterior significa su nivel más alto desde el 28 de agosto de 2003, cuando registró $ 698,60.

La moneda de EE.UU. acumula una apreciación frente al peso de $ 91,2 entre enero y el cierre de ayer.

La jornada estuvo marcada por la publicación del Departamento del Trabajo de Estados Unidos de su Índice de Precios al Consumidor (IPC), que subió 0,1% el mes pasado debido a un aumento marginal en los costos de la gasolina y de los alimentos.

El dato respaldó las expectativas frente a un posible incremento en la tasa de interés en la mayor economía mundial.

"Al encontrarnos muy cerca de la barrera de los $ 700, cualquier violación de dicho nivel podría desencadenar nuevas subidas hacia $ 715 y los $ 730 como objetivos de corto y mediano plazo", dijo Renato Campos, analista de mercados de xDirect.

cobre al alza

El precio contado del cobre cerró ayer con un leve aumento de 0,12% en la Bolsa de Metales de Londres en línea con la recuperación que presentaron los mercados bursátiles en China. De todos modos, las preocupaciones constantes sobre la demanda en ese país mantenían los precios cerca de mínimos de seis años.

El metal rojo terminó las operaciones a US$ 2,27091 la libra, lo que se compara con los US$ 2,26819 la libra del cierre anterior.

El vicepresidente de Proyectos de Codelco, Gerhard Von Borries, llamó ayer a la calma respecto de la fuerte caída que ha experimentado el cobre, que está en niveles mínimos en más de seis años, y destacó la respuesta contracíclica de la minera estatal.

"Hoy (ayer, el cobre) está a US$ 2,30 la libra, estamos 10% sobre el precio histórico (...) Hemos estado varias veces en un ciclo con precios bajos y la minería ha tenido la capacidad de adaptarse a esta estructura de costos", dijo Von Berries.

El ejecutivo explicó que el precio ha afectado las inversiones, lo que se profundizaría en el futuro.

Sobre el efecto tipo de cambio

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Desde hace dos años que el valor del dólar ha emprendido un rumbo ascendente, se proyecta un alza que podría incluso pasar los CLP$700 en el corto plazo. Por un lado el repunte económico que experimenta Estados Unidos con una apreciación importante del dólar y su eventual aumento de tasas de interés en septiembre próximo, por otro lado China ha dejado de crecer lo que creció años anteriores y esto ha influido directamente en el menor precio del cobre que finalmente impacta en nuestra economía. En Chile, esta variación en el alza del dólar produce un aumento en la inflación e impacta al sector importador y en consecuencia en los consumidores finales encareciendo el costo de vida.

Sin embargo en nuestro país el lado positivo de esta situación, lo experimenta el sector exportador, quienes obtienen una mayor ganancia con el efecto tipo de cambio.

Ahora bien, en el ámbito tributario el alza del dólar podría repercutir directamente en la determinación de los impuestos anuales, y por tanto el pago de mayores o menores impuestos considerando si el efecto favorece o no al contribuyente. Por ejemplo en el caso de un contribuyente exportador, este vería aumentada su utilidad por el alza del dólar, lo que deberá ser reconocido por el contribuyente como un ingreso renta afecto al Impuesto de Primera Categoría o de la empresa (tasa de 22,5%) e impuestos finales (Global Complementario o Adicional). Al contrario aquellos contribuyentes que tengan créditos en dólares, generaría un mayor desembolso de dinero, es decir obtendría una menor utilidad o eventualmente una pérdida, esta diferencia podrá ser imputada a la base imponible, rebajando el impuesto de primera categoría o de empresa y pagaría en su caso en su declaración renta durante el mes de abril del año 2016.

Para evitar el efecto tipo de cambio, el Servicio de Impuestos Internos está facultado para autorizar a contribuyentes para que lleven su contabilidad en dólares o en euros, cuando la naturaleza o habitualidad de sus operaciones justifique ese requerimiento, cuando el capital haya sido aportado mayoritariamente en alguna de las monedas anteriormente mencionadas y provenientes del extranjero o cuando dicha moneda influya en los precios de bienes y/o servicios propios del giro.

En conclusión, nuestra legislación tributaria permite previo cumplimiento de los requisitos anteriores, que los contribuyentes puedan llevar su contabilidad en moneda extranjera evitando ser afectados por el alza del dólar en sus resultados finales.

Emilio Moreno B.