Buscan que modificación a Ley Casinos considere a trabajadores
Proyecto. Salas de juegos municipales piden prórroga hasta el 2017. Condición actual es hasta diciembre de 2015.
La Comisión de Hacienda del Senado despachó el proyecto de ley que busca prorrogar el funcionamiento de los casinos municipales hasta el 2017, y no hasta diciembre de este año como está contemplado. Lo que obligaría al Casino de Puerto Varas y otros siete en el país, a funcionar con el actual sistema regido por la Superintendencia.
El proyecto, junto con extender la prórroga para el funcionamiento de los casinos hasta el último mes de 2017, también velará porque las nuevas licitaciones aseguren que las comunas sigan contando con los recursos que aportan estas casas de juego.
El texto legal también dispone que se pueda mantener la sede de los 8 casinos municipales, prorrogándose por hasta 45 años.
El senador (PS) Rabindranath Quinteros hizo hincapié en la necesidad de acoger las demandas y preocupaciones expresadas por los trabajadores de los casinos municipales, entre las que se consideran una serie de derechos laborales, como las indemnizaciones, el reconocimiento por años de servicios y la recontratación del personal al momento de cambiar la concesión.
BIENESTAR
Para el legislador es necesario cambiar la modalidad del contrato de los funcionarios de los casinos municipales. "Me he reunido con los trabajadores de los casinos municipales y ellos muy legítimamente requieren que se considere la creación de servicios de bienestar y el cambio de la modalidad de contrato", afirmó el parlamentario.
En el primer caso -explicó- los trabajadores argumentan que, debido al tipo de tareas que cumplen, deben pasar mucho tiempo de pie y permanentemente expuestos a luz artificial, entre otros, por lo que proponen la creación de un servicio de bienestar donde la empresa aporte el 3 por ciento y los trabajadores el 1 por ciento.
El cambio de modalidad de contrato es otro tema prioritario, de acuerdo a lo señalado por el senador. "Actualmente, se les contrata bajo el artículo 159, es decir por faena, por lo que no tienen derecho a indemnización en caso de ser desvinculados. Proponen ser contratados bajo artículo 161, en el que se reconoce el derecho a indemnización al ser desvinculado por necesidad de la empresa", concluyó Quinteros.