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Aprueban pena de cárcel para sostenedores que lucren

reforma. La Comisión de Educación de la Cámara además aprobó la disposición que prohíbe el lucro de las Agencias Técnicas Educativas.

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Durante la jornada de ayer la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados aprobó la indicación que penaliza con cárcel a los sostenedores de establecimientos educacionales que lucren con recursos del Estado, esto en el marco de la votación en particular del proyecto que pone fine al lucro, la selección y el copago.

La disposición fue aprobada con los votos a favor de los diputados de la Nueva Mayoría y tuvo el rechazo en bloque de los parlamentarios de la Alianza.

La indicación que penaliza el lucro establece que si un dueño de colegio retira utilidades se le ordenará la restitución de ese dinero y también se le podrán aplicar multas sobre el 50 % de dicho monto. En caso de que se niegue o de que reincida en el retiro de utilidades, se abrirá una investigación para determinar si hubo dolo, donde se establecería un delito similar al de malversación. Ello derivaría en la apertura de una causa en el Ministerio Público, que podrían concluir con penas de presidio efectivo.

Los diputados UDI, José Antonio Kast y Jaime Bellolio hicieron reserva de constitucionalidad de la medida aprobada por considerar que se aparta de las ideas matrices del proyecto presentado por el Ejecutivo.

'Acá no se establece un debido proceso, no se dice a quién se reclama, no hay ninguna de aquellas cosas mínimas y básicas para crear un nuevo tipo penal', indicó Bellolio.

El ministro de Educación, Nicolás Eyzaguirre, compartió el sentido de la indicación parlamentaria y señaló que 'un delito de este tipo debe ser llevado por la Superintendencia al Ministerio Público, por lo tanto, esto está sometido al debido proceso y no se innova en absoluto a nuestro orden constitucional vigente'.

La comisión también aprobó la indicación que prohíbe el lucro en las Agencias Técnicas Educativas (ATE). Dichas entidades han sido cuestionadas porque cobran sus servicios de la Subvención Escolar Preferencial (SEP), destinada a los alumnos más vulnerables.

La indicación establece que las ATE deberán constituirse en un plazo de dos años como personas jurídicas sin fines de lucro y que sus dueños no podrán tener vículos con los sostenedores a los que presten asesorías. Además, aquellas agencias que presten servicios a establecimientos municipales deberán ser seleccionadas mediante un proceso de licitación.

La disposición fue presentada por la diputada Yasna Provoste (DC), quien la semana pasada había dado a conocer que desde el Gobierno le habían solicitado bajar la indicación.

'El Ejecutivo comparte el espíritu de la indicación, en el sentido de que las ATE se han prestado para muchos casos de mal uso de recursos públicos (…) ¿Nos lleva eso a que las ATE deban organizarse como entidades sin fines de lucro?, en mi punto de vista no. Lo que corresponde es regular el funcionamiento de las ATE, eliminando la asimetría de información y con contratos que permitan asegurar calidad. Podríamos terminar con las ATE de mala calidad sin eliminar el lucro', manifestó Eyzaguirre.

La diputada Provoste, argumentó que la indicación formaba parte de uno de los puntos más relevantes del proyecto, que busca terminar con el lucro en la educación. En ese sentido la parlamentaria enfatizó: 'Cito al propio ministro, 'el lucro en la educación es malo y punto''.

En tanto, la Alianza rechazó la indicación, argumentando que la prohibición e lucro en las ATE no era parte del proyecto del Gobierno. 'Si las ATE hoy día están prestando una buena ayuda a las escuelas, por qué eliminarlas, por qué no mejor regularlas, para que sean contratos transparentes y se haga una evaluación de las mismas', dijo el diputado Bellolio.