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Rechazan recurso para cambiar de penal a Celestino Córdova

Justicia. La Corte Suprema mantuvo el lugar de reclusión.

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La Tercera Sala de la Corte Suprema mantuvo el lugar de reclusión del machi Celestino Córdova Tránsito, ratificando el fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco del 24 de julio pasado, que rechazó el recurso de protección presentado por el comunero.

La medida deja a firme la decisión de Gendarmería que impidió su traslado desde la cárcel de Temuco, hasta el Centro de Educación y Trabajo de Vilcún.

Los jueces descartaron alguna arbitrariedad en la decisión del servicio de prisiones que denegó el traslado solicitado por el interno, quien argumentaba que en el penal de Temuco se vulneraban sus derechos y garantías constitucionales, como el derecho a la vida, igualdad ante la ley y libertad de conciencia.

La resolución establece que 'no existe perturbación o amenaza a los derechos y garantías constitucionales invocadas en el presente recurso, esto es los del numeral 1º derecho a la vida, del numeral 2º igualdad ante la ley y del número 6º la libertad de conciencia, estipulados en la Constitución Política de la República de Chile'.

Córdova Tránsito, cumple una condena de 18 años de presidio por el delito de incendio con resultado de muerte en el caso por el crimen del matrimonio de Werner Luchsinger y Vivian Mackay, ocurrido el 4 de enero de 2013 en un sector rural de la comuna de Vilcún (Región de La Araucanía).

En el fallo unánime de la Corte Suprema se pronunciaron los ministros Rubén Ballesteros, Pedro Pierry y Rosa Egnem; además de los abogados integrantes Alfredo Prieto y Arturo Prado.