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Consideraciones que recomiendantener en cuenta

Pasos. A la hora de ampliar, se tiene que analizar una serie de aspectos.

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En lo que respecta a la Ley del Mono, esta iniciativa mantiene los 90 metros cuadrados como la superficie máxima de las construcciones susceptibles de regularización.

Además, establece que no tienen que estar emplazadas en áreas de riesgo o protección, ni tampoco en terrenos declarados de utilidad pública o en bienes nacionales de uso público.

No deben tener reclamaciones pendientes ante las direcciones de obras municipales o los juzgados de policía local; y entre las indicaciones, se encuentra el cuadro que especifica las normas mínimas de habitabilidad, seguridad y estabilidad que deben cumplir en materia de habitabilidad.

Así también se exige que al interior de éstas se cumpla solamente el estándar de obra gruesa habitable establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y algunos requisitos de ventilación, especialmente en baños y cocinas.

Uno de los aspectos importantes a la hora de ampliar la vivienda, tiene que ver con la seguridad, según indica la directora de la DOM de Puerto Montt, Javiera Torres.

Explica que se exige que los materiales con que esté construida tengan una resistencia al fuego F-15 (que soporten 15 minutos de exposición al fuego sin arder), y que en caso de adosamiento la resistencia al fuego sea F-60 y la altura mínima de 2 metros.

Respecto a la estabilidad, no se pide proyecto de cálculo estructural, sino sólo que un profesional responsable certifique que la construcción reúne condiciones mínimas (se supone que es un arquitecto, pero no se especifica).

Es así como se establecen además algunas exenciones específicas, como, por ejemplo, que la altura libre entre piso y cielo de una construcción, que actualmente es de 2,30 metros pueda rebajarse hasta en 20% para efectos de su recepción por las Direcciones de Obras Municipales (DOM), lo mismo que los umbrales de las puertas y arcos formados por vigas, y que normalmente deben tener una altura mínima de dos metros.

Otra consideración es que se regula el procedimiento de regularización ante las DOM, estableciendo los documentos que se deben acompañar a la solicitud, entre los cuales se incluyen las especificaciones técnicas y un plano simple que indique las cotas mínimas que se deben controlar, certificados también por un profesional competente, según la definición contenida en la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC).