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Las claves para ampliar una casa y los riesgos de no regularizarla

sanciones. Los propietarios que no cumplen con la normativa arriesgan desde multas hasta la demolición. Expertos aseguran que el Plan Regulador es fundamental.

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La aprobación de la Ley del Mono abre la posibilidad a que quienes realizaron algún tipo de ampliación a sus viviendas puedan regularizarla, en un trámite que se tiene que efectuar en las direcciones de obras municipales (DOM) respectivas.

Sin embargo, en el caso de esta ley, sólo pueden acogerse a ellas quienes cuenten con una vivienda social. Y ello es sólo un requisito, ya que también se tienen que dar otros pasos. Los que corren además para quienes no tienen este tipo de viviendas y deseen o ya hubiesen efectuado alguna clase de ampliación.

El no hacer este trámite puede significar incluso que un interesado quede imposibilitado de postular a algún beneficio de parte del Serviu, como el Protección al Patrimonio Familiar, según explica el director regional de este servicio, Iván Leonhardt.

Un tema complejo que debe ser sometido a evaluación, es el que una propiedad cumpla con las condiciones, desde el punto de vista estructural, sobre todo desde una visión de seguridad.

PLAN REGULADOR

Respecto a la relación que tienen que tener con el Plan Regulador, el secretario comunal de Planificación, Julio Tito Pizarro, indica que -hasta el momento- no ha llegado ninguna sugerencia de parte de la comunidad en esta materia.

Señala que existe la salvedad en el caso que se presente una situación de este tipo en lo que el Plan Regulador, actualmente en discusión, propone como nuevas vías en la capital regional.

Para el arquitecto Jorge Sandoval, en cambio, lo primero que se tiene ver cuando se toma la determinación de ampliar la casa, es revisar este plan de manera de tener claridad respecto a lo que se puede construir en términos técnicos, lo que muchas veces no ocurre. Por ello, acusa que en la capital regional es común observar ampliaciones que no cumplen con ninguna normativa.

Sandoval recomienda solicitar en la DOM un certificado de informe previos, 'porque ello nos indica qué se puede hacer en la zona según el Plan Regulador, así como cuánto y cómo se puede ampliar'.

Esto -según dice- es importante, porque a la hora de vender, si no está todo en orden, no se puede hacer hasta que no se regularice la propiedad, dado que el banco pide la recepción de obras.

El mismo impedimento ocurre a la hora de asegurar la propiedad. 'Regularizar no es hacer un plano, sino que cumplir con toda la normativa de construcción', recalca Sandoval. Además, se tiene que tener claro que una situación irregular puede arriesgar incluso que sea ordenada su demolición.

Javiera Torres, directora de la DOM de Puerto Montt, expone que las personas se arriesgan a que se les curse una infracción por construir sin permiso municipal, lo que puede llegar hasta la demolición, aparte de presentar problemas para vender y para herencias.

-La ley la faculta para incluso cursar una infracción, citándolo a Juzgado de Policía Local en caso que en la inspección habitual , o por denuncia de un tercero, se solicite a un residente su permiso de construcción y este no lo tenga.

-Tratamos de no llegar a ese extremo, dándole un plazo al contribuyente para que regularice su situación, pero si a pesar de todo eso y sobre todo existiendo un daño a un tercero o bien a la comunidad, persiste, se inicia el proceso de solicitud al alcalde para que dicte -mediante Decreto- la demolición.

Actualmente, se programan demoliciones cada 15 días o una a la semana. Hay que coordinar con distintas unidades municipales y con otros servicios como Carabineros y además contar con una orden judicial, para ingresar a la propiedad, a pesar que no se encuentren los moradores, y proceder según lo que especifique el decreto de demolición.

En cuanto al proceso de regularización de una propiedad, el diputado del Partido Socialista, Fidel Espinoza, comentó hace unos días que puede tener un costo de entre 500 y 800 mil pesos, e incluso más según precisa Sandoval, ya que todo ello dependerá de los metros cuadrados que se pretende construir.

Otros aspectos importantes que se tienen que considerar son los que la ordenanza de urbanismo y construcciones permite, como una forma de agrupamiento de las edificaciones ( aislada, pareada y continua) y además incluye la figura del adosamiento.

Es así como puede un interesado adosar al vecino su casa (sin traspasar a la propiedad de éste) en un largo no superior al 40% del deslinde en común y sin superar una altura de 3,5 metros. Sobre esta altura debe trazar un ángulo de 45º a partir de los 3,5 metros.

Ahora, sólo en este caso, acentúa Torres, la ley permite que el vecino le autorice adosarse sobre el 40% de longitud y sin alterar la altura máxima.

'Es la única autorización que puede dar un vecino en algún permiso de construcción', dice.

Ahora, dependiendo en qué zona del Plan Regulador se encuentre la edificación las condiciones de agrupamiento serán distintas, 'por lo que no hay una respuesta única, pero siempre requiere un expediente presentado por un arquitecto y se cancela según tabla de Minvu', señala Torres.

-Respecto a los vecinos, no requiere distanciamiento, sólo muros cortafuegos con F 60 y altura 2 metros

-Puedes construir hasta 2 pisos, pero con informe de profesional competente.

-Sí, puedes construir el 100% del terreno sin sobrepasar 90m2.

-En esta ley del mono no requieres permiso del vecino.

-Se presenta a la dirección de obras tu solicitud de regularización y recepción simultánea, acogiéndote a esta Ley ( hay formularios tipo).

'Lo que pasa en Puerto Montt es que se hacen ampliaciones y sin ninguna normativa'.

La Ley del Mono