Condenan a 7 años de cárcel a homicida de concesionario de estacionamientos
SENTENCIA. La familia no quedó conforme con la condena, pues -a su juicio- se trataba de un homicidio calificado, porque hubo alevosía y ensañamiento.
Robinson Mauricio Rivera Mansilla fue condenado a siete años de cárcel por los jueces Patricia Miranda, Ivonne Avendaño y José Bustos, del Tribunal Oral en Lo Penal de Puerto Montt.
A juicio de los magistrados, fue sentenciado por el delito de homicidio simple y no homicidio calificado como sostenía el Ministerio Público.
Tanto la familia de la víctima como la defensa del imputado no quedaron conformes con la pena impuesta.
El fiscal Daniel Alvarado llevó a juicio al homicida para demostrar que la noche del 17 de mayo del 2013 se juntó con el afectado Erwin Enrique González Arriagada, concesionario de los estacionamiento de un supermercado de Puerto Varas. Luego de sostener una discusión, lo golpeó brutalmente en la cabeza y en el cuerpo, además de propinarle varias estocadas y cortes con un cuchillo hasta causarle la muerte.
Angélica González, hermana del fallecido, sostiene que 'esperábamos que lo hubieran condenado por homicidio calificado, por cómo cometió el crimen y cómo hizo sufrir a mi hermano. Él quedó vivo y así lo siguió apuñalando y golpeando. Esto es injusto... la pena es irrisoria y es una burla. Le pido a su familia que tenga más respeto, nos han insultado y aquí las víctimas somos nosotros'.
Priscila González era muy cercana a su padre: 'Nunca imaginé que algo así pudo pasar, porque él era todo para mí. Siempre me contaba que Robinson robaba en el supermercado y le dijo que no lo metiera en problemas, porque cuidaba su trabajo. Mi papá ya le había advertido que si seguía robando lo iba a denunciar y por eso creo que él mató a mi papá'.
El defensor del acusado, Jorge Vásquez, dijo que 'en cuanto a la calificación del hecho como homicidio simple estamos conformes, pero para nada con la pena aplicada, ya que tenía dos atenuantes y en ese orden de idea la condena pudo rebajarse hasta en tres grados y no se hizo; es facultad del tribunal, pero la prudencia del tribunal debió haber llevado a que la pena se aplicara en su mínimo, es decir, 5 años y un día'. El abogado estudia la sentencia para evaluar un recurso de nulidad.