Arasemar ante la Reforma Tributaria
La Reforma presenta varios problemas en lo que a este gremio compete. En efecto, 1. El cambio de sujeto de IVA, para alivianar el pago del impuesto a las pymes, no está en línea con el objetivo, que es corregir el pago a 30/60 días. Esta propuesta no es funcional por ser indirecta y porque nada asegura que efectivamente la política de pagos se ajuste. Es muy posible que los plazos se extiendan y se limiten solo a pagar el impuesto, lo cual solo asegura el pago del mismo al Fisco. 2. En el contexto previo, creemos pertinente se pueda analizar la incorporación de tres medidas específicas, adicionales a un estudio del Ministerio de Economía del año 2013 que aborda el tema de manera precisa. Las medidas que solicitamos sean evaluadas son: • Incentivar el pago a 30 días mediante incentivos de uso de franquicias y subsidios estatales solo si están al día en sus pagos a proveedores. • Restringir la devolución del IVA exportador en caso de mora superior a 60 días • Retener la devolución del impuesto a la Renta cuando existan moras con proveedores. 3. Para efectos de la reforma tributaria en discusión, el elemento más perjudicial para las PYMES es el cambio en la estructura tributaria al transitar desde una tributación base retiro (o de ingresos percibidos) a una devengada (o del total de utilidades). Este sistema termina con el registro contable del FUT. Hoy, la empresa paga anualmente un 20% sobre las Utilidades Antes de Impuesto y ahora el impuesto a la renta subirá a 35% (25% en primera categoría y 10% adicional independiente de que el accionista retire o reinvierta). Hay que agregar el origen de Pymes como las nuestras; la mayoría se crearon en base a créditos bancarios, leasing u otros, para la adquisición de activos productivos. En otras palabras, gran parte de las utilidades se convierten en activo fijo, esto es, utilidades físicas NO RETIRABLES, como por ejemplo, maquinaria, muebles, vehículos, barcos, etc. En estos casos, el servicio de la deuda son utilidades no líquidas y parte del FUT.
Lo anterior implica que los socios deberán pagar impuestos no disponibles en caja; por lo tanto, o se reduce el capital de trabajo existente o se pide otro crédito bancario. No parece razonable. En consecuencia, solicitamos a las autoridades centrales, regionales y parlamentarios, revisen una vez más el impacto esperado y perfeccionen los elementos expuestos. En el contexto expuesto, la reforma incentiva el retiro de dividendos y desincentiva la reinversión y la creación de empleo.