A 541 días de presidio condenan a un gendarme acusado de agredir a un recluso
SENTENCIA. Durante el tiempo que dure la pena, el funcionario no podrá ejercer cargos públicos. El Instituto Nacional de Derechos Humanos lamentó que la Fiscalía no se hiciera parte del caso, dada la gravedad del delito.
"Se condena al acusado Ronald Cily Carrasco Guzmán, ya individualizado, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, más las accesorias de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en calidad de autor por el delito de apremios ilegítimos en la persona de Anselmo Velásquez Soto, perpetrado el 12 de marzo de 2012 al interior del recinto penitenciario de Alto Bonito de esta ciudad", fue parte de la sentencia que leyó el magistrado Jaime Rojas una vez concluido el juicio en el Tribunal Oral en Lo Penal de Puerto Montt.
Junto a los jueces Patricia Miranda y Neyda Santelices se le reconoció al acusado la atenuante de irreprochable conducta anterior y, conforme a ello, se determinó la penalidad.
ACUSACIÓN
Según la querella presentada por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), el interno, quien en ese momento habitaba el módulo 21 de la unidad penal concurrió al igual que varios de sus compañeros al primer día de clases a la Escuela Penal. Cuando termina la jornada es despachado a su módulo, pero se retrasa pues conversa por unos momentos con el director de la escuela.
"En el sector de ingreso del módulo fue reprendido por el cabo 2° de Gendarmería, el cual indica al interno que se apegue a la pared. Acto seguido, el funcionario le propinó un golpe en la nuca y choca contra la pared, lo que conllevó a que perdiera el conocimiento y se desvaneciera por unos instantes. Producto de la agresión, el reo resultó con lesiones de carácter grave, como fractura de nariz y la pérdida de tres piezas dentales", detalla.
Una vez conocida la sentencia que le entrega el beneficio de la remisión condicional de la pena al acusado, es decir que cumplirá en libertad, la abogada Patricia Rada, del INDH, dijo que "estamos bastante conformes que se haya condenado por apremios ilegítimos, es un delito que es muy difícil de probar, porque se da en el sigilo. Normalmente, no hay testigos ni pruebas, pero logramos acreditar los hechos. Sabemos que existen vulneraciones de derechos que deben terminar".
CRÍTICAS A LA FISCALÍA
La querellante recordó que el Ministerio Público decidió no perseverar en la causa. "Consideró que no había pruebas suficientes y claramente sí las hubo para lograr una condena... La tortura es uno de los delitos que debe investigarse y hay que perseguir una sanción. Así que esperamos que en el futuro la Fiscalía nos acompañe en este tipo de causas, para trabajar en conjunto", sostuvo.
El fiscal jefe de Puerto Montt, Marcello Sambuceti, respondió que "en su oportunidad se llevó a cabo una investigación, en que se formalizó incluso a un funcionario de Gendarmería, que le habría provocado lesiones a un interno en el ejercicio de sus funciones. Se realizaron diversas actuaciones, como la reconstitución de escena en el Complejo Penitenciario".
Sin embargo, anota el persecutor que en el transcurso de las indagaciones no se logró contar con la propia declaración de la víctima, ya que no estaba ubicable.
"Atendido a que los únicos elementos de investigación que se tenían hasta ese momento en que se habían recabado, en relación con la persona de la víctima, se decidió no perseverar en el procedimiento, por no tener la comparecencia del propio interno".
GENDARMERÍA
El coronel Alejandro Troncoso, director regional de Gendarmería, indicó que el funcionario está actualmente en servicio, pero en una unidad distinta a donde ocurrieron los hechos: "Gendarmería tiene que esperar a que la sentencia esté ejecutoriada para dar cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal. Fue la institución la que entregó los antecedentes Ministerio Público. De forma paralela, se inició una investigación interna y luego un sumario administrativo para establecer las causas y las circunstancias de lo sucedido".
El gendarme tiene un plazo de 10 días para recurrir de nulidad ante la Corte por esta situación.