Control de identidad
Mucho debate ha traído la adecuación legal del control de identidad, creo que es justo que se haga a contar de los 14 años de edad, ya que hoy el inicio delincuencial se produce a esa e incluso menos edad, ahora lo importante sería que se hiciese transversalmente y sin estigmatizaciones de ninguna especie, y creo que por ese lado, es el temor ciudadano y de un determinado sector político.
Por otra parte, un control de identidad respetuoso, rápido y no estigmatizante, no debiera molestar a nadie, pero si es irrespetuoso y direccionado por cierto no dejará contento a nadie, además creo que si la edad de inicio delincuencial es a los 12 o 14 años, se debiera analizar el porqué de ello, y creo que una de las causas, es la existencia de la figura del receptador o simplemente reducidor de robos, quien incentiva el delito al comprar rápido y tener casi la seguridad que si llega a la justicia difícilmente quedará en prisión preventiva, ahora para desincentivar este irregular e ilegal negocio, se debiera igualar la pena con el que comete los delitos, o al menos considerar al tenedor de especies de dos o más delitos como autor de los mismos, salvo que entregue la identidad del o los autores.
La PDI, como policía investigadora de excelencia, ha detenido un sin número de receptadores de robos, recuperado una gran cantidad de especies, pero de ellos un mínimo ha quedado en prisión, es decir, la inacción de la justicia es un incentivo para seguir adquiriendo especies mal habidas o simplemente robadas, y ello a la vez un triunfo para quienes roban y venden bien y rápido.
ALBERTO CONTRERAS
Derechos de agua
Mucho se ha hablado las últimas semanas de las indicaciones ingresadas por el Ejecutivo respecto del proyecto presentado, en el año 2011, que tiene por objeto reformar el Código de Aguas. Uno de los temas más controvertidos, por cierto, es la perpetuidad de los derechos de aprovechamiento de agua que, dicho sea de paso, es lo que actualmente prescribe el mencionado código. La controversia se produce entonces, debido a que actualmente se discutía en el Senado un proyecto basado en las indicaciones presentadas durante el gobierno de la presidenta Bachelet en el que se proponía que estos derechos tuvieran un plazo determinado y renovable. El actual Gobierno ha señalado que establecer plazos para la vigencia del derecho de aprovechamiento de aguas no es un rasgo que produzca lo que se pretendía enfrentar, esto es, la escasez de agua en nuestro país, y que por el contrario la Certeza Jurídica, es necesaria para una correcta gestión del recurso hídrico. En este estado de las cosas, cuando hay un proyecto tramitándose por varios años, me parece que la mirada debe volcarse hacia el origen, es decir, volver a centrarnos en cuál es la motivación para la búsqueda de la reforma de nuestro ordenamiento jurídico, la que de todas maneras debe estar en línea con el bien común, valor que debiese motivar todas las acciones y elecciones del ejecutivo y los legisladores. Las normas al ser construcciones sociales se van adecuando de conformidad con los cambios que se van produciendo y en general, siempre se generan como una reacción frente a algo que ha ocurrido. En la actualidad la escasez del agua y el cambio climático son realidades ineludibles que exigen de los diversos gobiernos y de las personas tener una actitud activa en su combate. Hace un par de semanas, profesionales de la Universidad de Chile en el marco de la confección del Balance Hídrico Nacional encargado por la Dirección General Aguas informaron que existe entre un 10% y un 37% menos de agua disponible en nuestro país. Así las cosas, la realidad del país ha cambiado lo que exige de todas maneras una modificación a la legislación vigente y una reforma al código de aguas que, debiese apuntar en el sentido de asegurar a las generaciones venideras el acceso al recurso hídrico. Ahora bien, respecto a los derechos de aguas de si acaso deben ser perpetuos o no, en el escenario brevemente expuesto en cuanto a la disponibilidad de agua no parece ser lo más razonable. Como ya hemos dicho, el agua no es un elemento de la naturaleza que ha ido aumentando en su disponibilidad, sino por el contrario ha disminuido considerablemente en las últimas décadas. Teniendo este dato en cuenta y considerando que hoy los derechos de aguas que se encuentran constituidos son perpetuos, es decir, quienes hoy son dueños o sus herederos, lo serán hasta que decidan renunciar a ellos o venderlos, lo que simplemente puede no ocurrir, es razonable pensar que en unas cuantas décadas más el agua disponible solo pertenecerá a unos pocos. Si los derechos son perpetuos y el agua disponible disminuye, no existirá caudal sobre el cual otorgar derechos de agua, quedando las generaciones venideras o los ecosistemas sin la posibilidad de acceder al recurso hídrico. Si existe la voluntad de legislar, bienvenida sea una reforma que se haga cargo del cambio climático, de la falta de disponibilidad legítima de agua de la población rural con menos recursos, de la pérdida invaluable de biodiversidad y de la sequía que afecta cada día a más zonas de nuestro país.
MARÍA CELESTE SANTIBÁÑEZ, abogada Fundación Geute Conservación Sur