Corte rechaza anular juicio por caso de maltrato animal en la firma Manuka
FALLO. El Ministerio Público de Río Negro presentó el recurso que buscaba repetir el proceso judicial contra Gonzalo García, el único formalizado por este delito y quien quedó absuelto de los hechos denunciados a fines de 2013.
En los registros del Poder Judicial quedará guardado el archivo del caso por maltrato animal denunciado por el diputado socialista Fidel Espinoza, donde se investigó la matanza de alrededor de 1.500 terneros machos de las razas Holstein y Jersey, entre 2012 y 2013, en predios de la firma Manuka (de capitales de Nueva Zelanda) al interior de la Hacienda Coihueco, ubicada en Puerto Octay.
El ingeniero agrónomo y ex jefe de Área Seca de Manuka, Gonzalo García, fue formalizado por este hecho y llevado a juicio oral a fines de noviembre del año pasado, donde los magistrados de la primera sala -de manera unánime- determinaron absolver de todo cargo al profesional.
En la lectura del veredicto absolutorio, el tribunal estimó que no se logró acreditar la participación de García en los hechos denunciados, tales como la aplicación de eutanasia con aceite quemado en los animales, la muerte por medio de martillazos y el posterior depósito al interior de fosas.
A la corte
Fue la misma fiscal de Río Negro, Leyla Chahín, que anunció recurrir a la nulidad del juicio tras conocer la determinación de los jueces.
Fue así como el 13 de diciembre del año pasado, la fiscal ingresó el requerimiento a la Corte de Apelaciones de Valdivia y cuyo documento señala que "encontrándome dentro de plazo, y según disponen los artículos 352 y 372 del Código Procesal Penal, vengo en deducir recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva pronunciada en esta causa, con fecha 3 de diciembre de 2018, por medio de la cual se absolvió al acusado del delito ya indicado, por los que fue acusado".
Rechazada
La petición concreta de la fiscalía fue acoger el recurso de nulidad, declarar nula la sentencia, el juicio oral y que se determine el estado procesal en que deba quedar la presente causa, así como asignar nuevos jueces para la realización de un juicio oral.
Sin embargo, los ministros de la Sala de Verano de la Corte de Apelaciones de Valdivia, integrada por Juan Ignacio Correa, Marcia Undurraga y Luis Aedo, rechazaron por unanimidad la petición.
El fallo, al cual tuvo acceso El Austral de Osorno, indica que "una lectura pormenorizada de la sentencia permite concluir que no se ha infringido disposición del artículo 342 letra c) del Código Procesal Penal en términos que permita declarar la nulidad, y que, al contrario, se ha cumplido con dicha exigencia, sin que pueda acogerse la causal de nulidad alegada por el Ministerio Público, esto es, la letra e del artículo 374, razón que permite desestimar el recurso de nulidad".
Y finaliza el documento expresando que "por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 372 y siguientes del Código Procesal Penal, se rechaza el recurso de nulidad deducido por la señora fiscal adjunto de la Fiscalía de Río Negro, en contra de la sentencia dictada por el Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Osorno, de 3 de diciembre de dos mil dieciocho, sentencia que no es nula".
Reacciones
La fiscal titular Leyla Chahín se encuentra en su periodo de vacaciones, por lo que fue imposible obtener su versión; en tanto, desde la Fiscalía Regional no hubo pronunciamiento al respecto.
Quien sí entregó una versión del fallo fue el abogado Rodrigo Tejos, quien defendió al único imputado en esta causa y recordó que desde un comienzo sostuvo que su representado, Gonzalo García, no tenía vinculación al caso por el cual fue formalizado.
"Esto ratifica los criterios de todas las instancias que han conocido el caso, desde el Tribunal de Garantía, que no le dio medidas cautelares, porque no había antecedentes para imputarle algún delito, menos el de maltrato animal y así lo estableció luego el Tribunal Oral, que lo absolvió y finalmente la Corte de Apelaciones confirmó el mismo fallo", indicó Tejos.
El abogado agregó que, de esta forma, el caso que abrió la Fiscalía de Río Negro se cierra sin responsables.
"Los plazos ya prescribieron. No hay posibilidad de persecución penal y nunca se tomó una iniciativa como acción judicial o una orden de detención en contra de alguien más que pudiera estar implicado. De haber sido así, se hubiera dado pie para mantener una causa vigente y la causa está cerrada", sostuvo.
El diputado Fidel Espinoza se refirió al fallo de la Corte de Apelaciones valdiviana y sostuvo que "no hay que desmerecer que la corte también estableció que el maltrato y el crimen de los animales existieron, la matanza ocurrió y hay un responsable directo, que es el neozelandés Zachary Ward. Esa persona está prófuga de la justicia".
Y agregó que "en el caso de García, los tribunales establecieron que no habían elementos válidos para acreditar su participación, a pesar de que la empresa, con otra gerencia, estableció en su momento que García junto a Ward eran los responsables. No obstante, soy una persona que respeta la justicia y creo que la denuncia marcó un antes y un después en el tema del maltrato animal en el país. Esa es la lección positiva".