La defensa y el delito de receptación

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El abogado Camilo Jiménez, defensor penal público, asumió la representación de José de Jesús Alvarado. "Hay una circunstancia que quedó acreditada; es que se hallaron especies y que habían sido sustraídas del lugar de los hechos, pero no hay una prueba suficiente que él hubiese realizado la sustracción. El hecho de tener especies que son objeto de hurto o robo constituyen más bien un delito de receptación que un robo con intimidación", acotó.