Los permisos de Essal
Después que el Municipio de Puerto Varas, hiciera Demandas a Essal y tuviera varias Reuniones a nivel de Gobierno, por la Contaminación del Lago Llanquihue, que el Concejo de Estado se hiciera parte en una Demanda contra Essal, que viniera el propio Ministro de Medio Ambiente y que finalmente se llega a la conclusión de que Essal, debe hacer una gran inversión debido finalmente a la insuficiencia de la evacuación de las Aguas Servidas a su Planta surgen grandes dudas.
Si Essal, debe hacer una gran Inversión y ya se ven los arreglos en las Calles de nuestra Ciudad, a todos los ciudadanos nos queda claro, que Essal, por la razón que sea , finalmente no era capaz de hacer las evacuaciones que le demanda la Ley para no contaminar el Lago y en el fondo, hubo un abuso en los Aliviaderos que le permite la Ley, cuando llueve.
Por lo tanto, me surge la pregunta Jurídica, Política, Administrativa y Social ¿Son válidos los Permisos autorizados por Essal , en el Dpto. de Obras de la Municipalidad, para las Construcciones de nuevos Edificios, que son los que más contaminan?
No creo estar muy equivocado ya que en éste caso, el DOM del Municipio, habría autorizado y avalado con su firma y finalmente en representación del propio Municipio, otorgar permisos de Construcción, por la autorización y venia de Essal que hoy queda en evidencia, era un Organismo Autorizado por el Gobierno, pero que no cumplía y no cumple, con lo que le manda la Ley, en materia Medio Ambiental y Sanitario.
No se debe olvidar, que por Ley Nº 18.902 se crea la Superintendencia de Servicios Sanitarios, que permite la Concesión a Empresas Privadas, sin embargo, hoy, la propia SISS el 24 de Agosto Sanciona a Essal y entre sus argumentos, está el no haber informado a tiempo a la SISS de los problemas que estaban ocurriendo, con la contaminación del Lago. Osea, queda claro, que Essal, habría otorgado autorización de aguas y Alcantarillado para Construcciones, a sabiendas que tenían problemas de hace mucho tiempo, de la incapacidad que tenían los ductos de evacuación.
Estas autorizaciones de Permisos validados por el Municipio, se contradicen con la Ley Nº 18.902 en su art. 11 letra a. que obliga a Essal, a garantizar la calidad de las aguas y la continuidad del Servicio de recolección de aguas Servidas, entonces vale la pena preguntarse ¿Si Essal no cumple con la Ley, como puede Essal estar autorizado por sobre la Municipalidad, por Ley a dar Permisos de agua y sus evacuaciones , sabiendo que está incapacitado para cumplir lo que autoriza? Además, el propio Gobierno, representado por su Ministro de Medio Ambiente dijo en su visita nuestra Ciudad "acá hay un problema que ha crecido la Ciudad que ha dejado obsoletas algunas instalaciones sanitarias y que tienen que actualizarse"...Bueno si es así, queda clarísimo que hoy día NO EXISTE CAPACIDAD para seguir autorizando Permisos que provoquen gran contaminación.
Dejo la interrogante .
Fredy Opitz, exconcejal.
Patentes de alcohol
Me gustaría hacer unas apreciaciones con respecto a una nota publicada en un medio de información y quedice relación a las altas cantidades de patentes de alcohol que existen en la región metropolitana y que sobrepasan el límite legal permitido,esto es, una patente por cada 600 habitantes y su realidad es de una patente por cada 90 habitantes. Por otro lado, los alcaldes dicen reconocer que no tienen herramientas para fiscalizar esta problemática y acusan un mercado negro de reventas de estos documentos. Lo que a mi parecer esto se debiera resolver con una OrdenanzaMunicipal de acuerdo a las característica de cada sector, ésto es, si es altamente vulnerable o no.Por otra parte en la Ley 19.925 de alcoholes en unos de sus artículos,en el número 7, específicamente, en unos de sus párrafos dice "Elnúmero de patentes limitada en cada comuna, distribuidas dentro de las diversas categorías señaladas en el inciso anterior, será fijado cadatres años por el Intendente regional, previo informe del alcalde, conacuerdo del concejo; tomando como base el número de habitantes queseñale el Instituto Nacional de Estadísticas. Si, requerido por elintendente regional, el alcalde no informara dentro del plazo detreinta días, contado desde la recepción del respectivo requerimiento,se procederá sin su informe..."Básicamente, es falta de regulación, fiscalización de partes de los entes correspondientes, cómo dirigente social de Puerto Montt, y agrupada a la Unión Comunal de Juntas de vecinos "Reloncaví" hace años atrás hicimos unas propuestas a la Ordenanza Municipal de Alcoholes en nuestra comuna, y que llevamos años esperando y una de esas propuesta es justamente que sean caducadas las patentes de alcoholes que están en mora, con muchas infracciones, y sobretodo que no salgan a remate, cómo se acostumbraba, las personas las adquieren y posteriormente son vendidasa valores muy altos, luego arrendadas y subarrendadas, ejemplostenemos de sobras en algunos de nuestros sectores.
Por otra parte, sabido es que los certificados que extendemos como Juntas de Vecinos son consultivos y no resolutivos, por tanto en sectores vulnerables debiera "pesar" el que extiende Carabineros de Chile.
Seguramente no se acabará nunca el consumo de alcohol, las riñas, y todo lo que ésto implica, pero estoy segura de que si existiera una ordenanza, servirá para que se ordene la comuna, en el sentido que de pronto vemos que hay locales con expendio de ventas de alcoholes en sectores de alta vulnerabilidad social.
Herminia Argel Mansilla, presidenta Junta de Vecinos "Pelluco".