Pareja es encontrada culpable de violar a su hija en Maullín
JUICIO. Tribunal Oral dictaminó veredicto condenatorio al padrastro de la niña, por violación continuada, y a la madre, como cómplice de los hechos.
La agresión sexual de la madre y el padrastro se habría cometido en Maullín entre el 2012 y el 2016, de acuerdo a la acusación del Ministerio Público.
Los hechos fueron investigados por Carabineros del OS 9 durante varios meses, entre febrero y agosto de 2016, debido a la denuncia realizada por familiares de la niña afectada.
Fue el Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Puerto Montt que dictaminó veredicto condenatorio contra la madre de 44 años de la menor y su padrastro de 45 años.
La acusación era por violación de menor de 14 años y abuso sexual impropio, y la sala que conoció del juicio estuvo compuesta por Francisco del Campo, José Bustos y Jaime Rojas. El padrastro fue encontrado culpable, por el delito de violación continuada y la madre, como cómplice.
"A lo menos uno de los magistrados (Francisco del Campo) acogió plenamente todo lo que solicitó la Fiscalía: condenar a ambas personas por violación con las agravantes solicitadas, pero, sin embargo, la votación fue dos a uno. Se recalificó uno de los delitos el grado de participación a cómplice respecto de la madre y al imputado varón se le condenó como autor del ilícito de violación", explicó el fiscal jefe de Maullín, Jaime Aguayo.
El acusado arriesga una pena que va desde los 5 años y un día a los 20 años de cárcel, mientras que ella podría recibir una pena de entre 3 años y un día y los cinco años.
"Nosotros solicitamos reiteración en el delito, pero, sin embargo, el tribunal estima que se trata de un delito continuado, al no poder establecer fechas ciertas en los cuales se cometió el hecho, lo que resulta difícil establecer cuando se trata de menores de edad en un delito que se está produciendo semanalmente, casi todos los días durante un lapso de cuatro años", adujo.
El abogado Gonzalo Castro, defensor del padrastro de la víctima, dijo que se reconocía un episodio de violación y el acusado no negaba que hayan ocurrido otros hechos, "pero como no estaban determinadas las fechas, se estableció que el delito fuera en carácter de continuado y no reiterado, lo que es muy relevante, porque las penas deberían ser considerablemente menores", manifestó.