Estatutos trabarían llegada de Francisco Bucat al Velero
REGLAMENTO. Texto indica que antigüedad mínima para ser parte del directorio, tiene que ser de seis meses. El funcionario se inscribió el 4 de agosto pasado.
Si bien hace una semana el alcalde Gervoy Paredes manifestó su intención de colocar en el directorio de Deportes Puerto Montt a Francisco Bucat, personero del municipio, en un cargo que podría ser el de vicepresidente del club del Velero, los estatutos no permitirían que tal deseo del edil pueda prosperar en lo inmediato.
Esto, porque a pesar de que el artículo 5, del título II de los estatutos del Club de Deportes Puerto Montt, señala que podría ser socio toda persona mayor de 18 años, sin limitación de raza, sexo, ideología, nacionalidad, tendencia religiosa y/o filosófica; también indican, en la letra D, del artículo 9, que para ser elegido como parte del directorio, se requerirá una antigüedad de seis meses con cuotas al día.
En el caso de Francisco Bucat, y según los registros de socios del club, el funcionario municipal recién se integró de manera activa a la institución, el pasado jueves 4 de agosto, por ende, no sería candidato a formar parte del directorio.
A su vez, el reglamento establece que quienes se atrasen en más de 60 días en el pago de sus mensualidades y mediante la comprobación del atraso, inmediatamente será borrado del listado oficial de socios. En caso de ser eliminado y de querer volver a reintegrarse, el socio podrá volver a inscribirse como tal, pero la antigüedad será válida desde la última fecha de inscripción, es decir, no se consideraría la primera vez que una persona se registró en el club.
También se perderá la calidad de socio de la institución, quienes causen grave daño de palabra, ya sea por escrito o que el actuar signifique un menoscabo para los intereses del club y será la asamblea la que analice, evalúe y elabore la sentencia. No obstante a lo anterior, el socio podrá apelar a dicha resolución.
Directorio
El artículo 19, en su título V, señala que el directorio del club estará conformado por un presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y director, que durarán en sus funciones un año, pudiendo sus miembros ser reelegidos hasta por un nuevo período.
Además, el mismo título, especifica que los directores del club, podrían ser hasta 25 integrantes, quienes tendrán como obligación, la cuota especial de director, que equivale a cuatro cuotas que paga el socio de tribuna general, sea esta anual o mensual; y, además, estar al día en sus mensualidades.
Por ahora, seguirá en vilo el deseo del municipio de colocar en el directorio del Velero, a un funcionario de la casa edilicia.
La tarde de ayer El Llanquihue intentó comunicarse con Francisco Bucat a su teléfono personal y por medio de la unidad de comunicaciones del municipio, sin obtener una respuesta del personero.
días de atraso en el pago de sus mensulidades le bastan a un socio de Deportes Puerto Montt para perder su calidad como tal. 60
meses de antigüedad son los que debe tener cualquier socio que quiera ser parte del directorio de Deportes Puerto Montt. 6
artículos tienen los estatutos de Deportes Puerto Montt, que datan de 1983, con algunas modificaciones posteriores. 35