A 15 años de cárcel condenan a violador de Llanquihue
SENTENCIA. El imputado abordó a una joven de 19 años, le quitó su celular y luego le amarró ambas manos para amordazarla y así ultrajarla sexualmente.
S ergio Enrique Gutiérrez Cerpa fue condenado a 15 años y un día de cárcel, sirviéndole el tiempo de abono en que estuvo privado de libertad, por asaltar a una joven y luego violarla en la comuna de Llanquihue.
Los magistrados del Tribunal Oral en Lo Penal, Jaime Rojas, Francisco del Campo y Patricia Miranda, por voto de mayoría, condenaron al acusado a una pena efectiva, luego que terminara el juicio que se desarrolló en su contra.
Según la sentencia, 'se puede tener como un hecho procesalmente establecido, que el acusado el día y hora en que se desarrollaron los acontecimientos, realizó las acciones que se han tenido por acreditadas', por lo que los jueces 'han llegado a la convicción - más allá de toda duda razonable- que a Sergio Enrique Gutiérrez Cerpa le ha correspondido una participación culpable y penada por la ley, en calidad de autor del hecho punible que se ha tenido por acreditado, toda vez que ha tenido participación en el mismo de una manera inmediata y directa'.
El fiscal jefe de Puerto Varas, Daniel Alvarado, presentó pruebas periciales, testimoniales y documentales para demostrar la culpabilidad del imputado.
Durante el juicio oral se estableció que en la madrugada del 23 de junio de 2013, el imputado interceptó a una joven de 19 años y la tomó por el cuello con una bufanda. Le tapó la boca con una de sus manos, para llevarla hasta la ribera de la laguna ubicada en la comuna de Llanquihue.
Luego de sustraerle un teléfono celular, el sujeto amarró las manos de la víctima con una bufanda, la amordazó y la obligó a colocarse boca abajo en el suelo. Acto seguido, el acusado extrajo un elemento y lo colocó en el cuello de la mujer, obligándola a permanecer quieta, amenazándola de que si hablaba la mataría. Fue en ese momento cuando Gutiérrez Cerpa procedió a violarla.
El fiscal dijo que 'el Tribunal acogió la solicitud de pena que hizo la Fiscalía de Puerto Varas, dada la gravedad del hecho y la naturaleza del mismo. Este es un caso inusual y uno de los delitos más graves; por lo tanto, en cuanto a los resultados estamos conformes'.
La sentencia dictada no acogió la circunstancia agravante de la reincidencia que fue aludida por la Fiscalía, en atención a que el acusado presenta una condena anterior por el delito de violación, hecho perpetrado también en la ciudad de Llanquihue.
En ese sentido, el Tribunal señaló que estos hechos se habrían producido cuando el acusado era menor de edad y que la Corte Suprema ya ha señalado que la reincidencia del artículo 12 del Código Penal no puede apoyarse en los ilícitos cometidos por éste siendo adolescente.
Desde la Fiscalía Regional, se indicó que 'este juicio oral es un caso importante, tanto por la gravedad del delito como también por el perfil del imputado. La investigación de delitos de carácter sexual es una de las líneas de persecución penal prioritarias'.